
Un documento de más de 70 páginas, con 126 artículos, fue entregado al Congreso de la República como iniciativa antilavado de dinero impulsada por el gobierno del presidente Bernardo Arévalo. En detalle, este es el contenido de dicho proyecto.
La propuesta de ley del gobierno de Arévalo contempla la creación de un consejo, acceso a información, funciones de la Intendencia de Verificación Especial (IVE), definición de los delitos y sus respectivas sanciones, cooperación internacional y las reformas a ciertas leyes, así como derogatorias.
El Ejecutivo entregó al Legislativo la iniciativa «6593 Ley Integral contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y el Financiamiento del Terrorismo», con la cual se busca crear una sola ley que unifique lo relacionado con el lavado de dinero y financiación del terrorismo.
El argumento para esta iniciativa es para que se integre a la normativa vigente, ya que su implementación se considera de importancia para la prevención y represión del lavado de dinero u otros activos y del financiamiento del terrorismo.
La Superintendencia de Bancos (SIB), asegura que la normativa armoniza con el cuerpo normativo en uno solo, acorde a los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y convenciones internacionales.

PERSONAS OBLIGADAS
La propuesta establece la figura de la «persona obligada» y su obligación de registrarse ante la SIB. Según la iniciativa, la persona obligada son entidades sujetas a inspección y vigilancia de la SIB que realizan actividades de carácter financiero, ya sea individuales o jurídicas.
Estas actividades incluyen las emisoras y operadoras de tarjetas de crédito, compraventa de divisas, canjes de chejes, corretaje, custodia o movilización de capitales, operaciones de leasing, transferencia de fondos y/o valores, inversiones, actividades comerciales, entre otros.
Las personas obligadas deben implementar programas para la prevención del lavado de dinero u otros activos, del financiamiento del terrorismo y del financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva que deben implementar las personas obligadas para adherirse a los estándares adecuados.
Asimismo, las personas obligadas deben crear la figura del Oficial de Cumplimiento, quien estará verificando el cumplimiento de los programas de prevención.
El Oficial de Cumplimiento debe encargarse del monitoreo, detección y reporte de transacciones sospechosas, para lo cual, deben tener un sistema de monitoreo y mantener actualizadas señales de alerta.
Otro dato a destacar es que, entre otras atribuciones, se deben crear reportes y conservación de información, y registro de transacciones en efectivo. Se debe mantener un registro diario de lo que reciban de sus clientes mayores a US$10 mil o su equivalente y remitirlo a la SIB.
Además, las personas obligadas deben proporcionar información que la SIB e IVE les soliciten. Además, la iniciativa dice que no podrá oponerse violación de confidencialidad de ninguna naturaleza impuesta por otra ley, reglamento o contrato.
También indica que las personas obligadas, sus directores, gerentes, administradores, oficiales de cumplimiento, representantes legales y empleados debidamente autorizados quedan exentos de responsabilidad legal por haber proporcionado información.
La IVE tendrá libre acceso a las instalaciones de las personas obligadas, sistemas de información, registros, informes, bases de datos y cualquier otra información.
Por otro lado, la propuesta de ley prohíbe la revelación de información a terceros.
REFORMAS Y DEROGACIONES
Además, se contemplan reformas a las siguientes leyes:
- Código de Comercio
- Ley contra la Delincuencia Organizada
- Ley que regula los servicios de Seguridad Privada
- Código Notariado
También se propone derogatoria del Decreto 67-2001, Ley contra el Lavado de Dinero u otros activos y del Decreto 58-2005, Ley para prevenir y reprimir el Financiamiento del Terrorismo.

CREACIÓN DEL CONCLAFT
En la iniciativa también se crea el Consejo Nacional de Coordinación de los Esfuerzos contra el Lavado de Dinero u otros activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de armas y Destrucción Masiva, que será denominado CONCLAFT.
Este, que será presididO por la vicepresidencia de la República, será integrado por varias titulares de los ministerios, secretarías y superintendencias.
El CONCLAFT contará con una secretaría técnica, la cual estará a cargo de la SIB.
La propuesta de ley, dedica un capítulo completo a definir la función de la IVE en la lucha contra el lavado de dinero, y aclara que este ente tendrá funciones de carácter técnico y administrativo.
MULTAS Y SANCIONES
La iniciativa dispones de multas y sanciones tanto para quienes cometen los delitos enmarcados en el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, pero también a las personas obligadas que no cumplan con lo estipulado en la iniciativa al convertirse en ley y si en caso las personas obligadas participen en los delitos antes mencionados.
En el caso de las personas obligadas se define una sanción por incumplir con las disposiciones de la ley con hasta US$500 mil. Del dinero de la multa, el 50% se destinará a capacitación del personal de la IVE y el otro 50% a incrementar su presupuesto.
Asimismo, responsabilidad penal de las personas jurídicas, ya sea que participen o por falta de supervisión, las multas oscilarían de US$10 mil a US$625 mil.
El delito de lavado de dinero u otros activos, en la iniciativa, se definen estos actos como aquellas personas que inviertan, conviertan, transfieran o realicen cualquier transacción financiera con bienes o dinero, los cuales procedan o se originen de la comisión de un delito.
Esto ya sea que se administre, se posea o se utilice sabiendo que los mismos provienen de un delito. Además, también comete el delito aquella persona que oculte o impida la determinación del origen del bien.
La pena de prisión puede ir desde 6 hasta 20 años, más una multa igual al beneficio económico obtenido por la comisión del delito.
En el caso del delito del financiamiento del terrorismo, este está definido como aquella persona que por el medio que fuere, en forma deliberada proporcione, provea, done, recolecte, entregue, adquiera, posea, administre, negocie o gestiones fondos o recursos económicos, activos o cualquier clase de bienes para una organización terrorista, actos de terrorismo, reclutamiento para el mismo fin, sin importar las fronteras entre países.
La pena de prisión será inconmutable desde 10 hasta 30 años y una multa desde $25 mil hasta $800 mil.

MEDIDAS CAUTELARES Y ACCIONES INTERNACIONALES
La iniciativa también contiene instrucciones para el transporte transfronterizo de efectivo y del delito de trasiego. Esto significa que toda personas que transporte dinero del o hacia el exterior de Guatemala, dinero en efectivo, cheques de viajero, valores al portador por una suma mayor a los US$10 mil debe declarar esos fondos ante la autoridad aduanera.
Por otro lado, el delito del trasiego de dinero se define por aquellas personas que omiten declarar los bienes ante la autoridad aduanera. La pena de prisión será de 1 a 3 años.
Asimismo, se define el comiso de bienes, este consiste en la pérdida a favor del Estado de los bienes, fondos, instrumentos o productos provenientes de la comisión de los delitos del lavado de dinero, financiación contra el terrorismo y del trasiego.
También se contempla la prelación de extinción de dominio, solo cuando sea declarado en sentencia a través de un tribunal.
La iniciativa permite al Ministerio Público (MP), que solicite ante un juez, se otorguen medidas cautelares o de garantía establecida en la ley, con el finde preservar la disponibilidad de los bienes relacionados con el lavado de dinero y los otros delitos descritos.
Estos bienes solo podrán ser devueltos bajo la disposición de un juez o tribunal.
Además, se contempla la cooperación internacional, así como la extradición, refugio y asilo y asistencia legal mutua, según sea el caso.
También se incluye el cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), como por ejemplo, la prohibición de ingreso o permanencia en el país de personas designadas, prohibición de suministro de fondos, recursos y servicios.
Seguimos cumpliendo con lo que prometimos. Perseguir al crimen para que la vida sea más próspera y digna, y las calles más seguras.
La lucha contra el narcotráfico, el crimen organizado y la corrupción es la más urgente que enfrentamos como nación. pic.twitter.com/LeoYW6JLFh
— Bernardo Arévalo (@BArevalodeLeon) July 28, 2025
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