Tipos de seguros para vehículos y la diferencia con el de responsabilidad Civil
Tipos de seguros para vehículos y la diferencia con el de responsabilidad civil. Foto La Hora: Netto Figueiredo en Pixabay

Con la publicación y posterior derogación de los acuerdos gubernativos que buscaban imponer montos de indemnización y sanciones por no contar con un seguro de responsabilidad civil, surge la duda de lo que es realmente este tipo de seguro. 

Cabe resaltar que la obligatoriedad del seguro no es una medida establecida recientemente. Esto quedó contenido en el artículo 29 de la Ley de Tránsito que se refiere al seguro. 

“Todo propietario de un vehículo autorizado para circular por la vía pública, deberá contratar, como mínimo, un seguro de responsabilidad civil contra terceros y ocupantes, conforme las disposiciones reglamentarias de esta ley”, reza la normativa.

Al consultar en varias aseguradoras, estas ofrecen diferentes tipos. Desde lo más básico hasta aquel que da la mayor cobertura. Este abanico de opciones se logra encontrar especialmente para automóviles. 

Si bien, los reglamentos fueron derogados por el presidente Arévalo, el gobernante aclaró que conforma una mesa técnica de trabajo en la que se discutirá la normativa para «operativizar» el artículo 29 de la Ley de Tránsito en un plazo máximo de un año.

En ese sentido, las aseguradoras buscarán adecuar su portafolio de productos para contar con que podrían requerir las futuras normativas que incluiría a todos los tipos de vehículos.

De momento, existen seguros dependiendo de la antigüedad del automóvil. La protección “premium” adiciona beneficios, cobertura ampliada que incluye al vehículo, al conductor, a los acompañantes y a terceros. 

En tanto, otros más modestos ofrecen coberturas con ciertos límites. Asimismo, hay aseguradoras que disponen de seguros dirigidos a mujeres al volante.

Artículo 29 de la Ley de Tránsito
Artículo 29 de la Ley de Tránsito. Foto La Hora: Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil
ASISTENCIA DE LOS SEGUROS

Los seguros que ofrecen la mayor cobertura incluyen:

  • Asistencia vial: apoyo para pasar energía en caso la batería se descargue, cambio de neumáticos, etc.
  • Remolque: servicio de grúa.
  • Ambulancia: en caso de accidente, se dan los primeros auxilios y el traslado hacia un centro asistencial.
  • Asesoría legal: esto se refiere al intermediario que negociará con involucrada o afectada en un accidente para acordar una solución.
  • Pago de gastos médicos, lesiones corporales, lesiones a ocupantes del vehículo asegurado
  • Cobertura por daños al vehículo asegurado.
  • Responsabilidad civil
  • Seguro por muerte accidental del piloto
  • Renta de vehículo por ciertos días en caso de robo

Actualmente, las aseguradoras excluyen la cobertura de vehículos que tengan ciertos años de antigüedad, así como a conductores de menos de 25 años.

Esto podría cambiar, dependiendo de lo que emane de la mesa técnica para operativizar la Ley de Tránsito. 

En ese sentido, las aseguradoras indicaron que van a presentar nuevos productos o ajustar los existentes para cumplir con las decisiones que surjan de la mesa técnica.

Aseguradoras afirman estar listas para ofrecer cobertura ante obligatoriedad de seguros de vehículos

RESPONSABILIDAD CIVIL

El artículo 29 de la Ley de Tránsito, que está vigente, hace énfasis en la adquisición obligatoria de seguros de responsabilidad civil contra terceros y ocupantes. ¿De qué trata?

De acuerdo con las aseguradoras, este seguro está dirigido para cubrir los daños ocasionados por parte del asegurado a terceros; daños materiales, lesiones físicas que incluye gastos médicos a consecuencia del accidente. Asimismo, la indemnización por fallecimiento. 

Es decir, es la responsabilidad que adquiere el asegurado en caso provoque un accidente donde deje consecuencias a terceros.

Dependiendo de la aseguradora, hay seguros de responsabilidad civil que incluyen asistencia de grúas, asesoría legal y cambio de llantas a un precio bajo.

En ese sentido, las aseguradoras no ofrecen dar un precio puntual, debido a que cada uno tiene diferentes productos con beneficios y condiciones. 

Pero, a modo de ejemplo, en la actualidad este tipo de seguros están rondando entre los Q800 a Q1,200 anuales, según detalló Hermann Girón, presidente de la Asociación Guatemalteca de Instituciones de Seguros (AGIS) en una reciente conferencia de prensa.

Esta es la cantidad de vehículos que deberán contar con un seguro de responsabilidad civil

Heidi Loarca
Soy periodista apasionada por los temas políticos, económicos y sociales. A través de las noticias se guarda un registro de lo que acontece a lo largo de la historia del país.
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