El Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) abrió la convocatoria para quienes deseen postularse como candidatos a jefe de esta institución. Sin embargo, hay limitantes por lo cual, no todos pueden participar.
Si bien, en la convocatoria se detallan los requisitos y documentos a presentar, también se resalta que existen impedimentos.
Estos están contenidos en la Ley Orgánica de la SAT. En el artículo 26 de la referida ley se enlistan 10 impedimentos para postularse a jefe de SAT.
En la ley se prohíbe que para ser nombrado titular de la SAT, el candidato no debe desempeñar cargos de elección popular. De la misma forma, se prohíbe que sea integrante de un órgano de dirección de cualquier partido político, sindicato u organización gremial o empresarial.
Tampoco podrá participar si es ministro de cualquier culto o religión, o bien, si es pariente, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, del Presidente o del Vicepresidente de la República así como de los miembros titulares o suplentes del Directorio de la SAT.
Otra de las limitantes es que pueden postularse aquellos que hayan sido o están condenados judicialmente por el incumplimiento de pago a una entidad autorizada de crédito o al fisco.
Asimismo, no se permite que los magistrados en funciones de alguna sala o tribunal del Organismo Judicial, del Tribunal Supremo Electoral o de la Corte de Constitucionalidad, participen como candidatos.
La Ley señala que las personas que se les haya motivado auto de prisión en su contra, o encontrarse sometido a juicio de cuentas tampoco pueden participar. De igual forma, los que hayan sido o son condenados por delito doloso en sentencia firme, mientras no haya sido rehabilitado.
Otro aspecto es para quienes padecer de incapacidad física calificada médicamente, que lo imposibilite para ejercer el cargo, o haber sido declarado en estado de interdicción por tribunal competente.
El décimo impedimento es encontrarse en situación de insolvencia o quiebra, mientras no hubiere sido rehabilitado.
Además se remarca que el Superintendente se dedicará con exclusividad al desempeño de su cargo y no podrá ejercer de ninguna otra forma su profesión, salvo la docencia, conforme a lo establecido en la Constitución Política de la República.
PROCESO DE ELECCIÓN
El 27 de febrero el Directorio SAT, publicó la convocatoria en el Diario de Centro América, en el portal web de la SAT y también lo divulgó en sus redes sociales.
De acuerdo con la Ley, es el Directorio en encargado del proceso tanto de selección como del nombramiento del próximo Superintendente, cuyo cargo es para 5 años.
Los aspirantes deben reunir los requisitos y presentar los documentos solicitados. Estos deben ser entregados en formato digital y en papel. La fecha para la entrega se fijo para el 13 de marzo en la sede del ente recaudador 8:30 a 16:00 horas.
Los aspirantes que cumplan con los requisitos pasaran a la fase de entrevista y pruebas psicométricas. Además, se dará la oportunidad para que la ciudadanía presente objeciones en contra de alguno de los candidatos.
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