Durante los primeros 10 días hábiles de enero tendrás la oportunidad de presentar la planilla del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de la Factura Electrónica en Línea (FEL), si eres trabajador del régimen asalariado.
El proceso es rápido y se genera desde la banca virtual. Al respecto, Erick Echeverría, intendente de recaudación de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), recuerda que a partir del 2022 la gestión se hace totalmente en línea.
Echeverría detalla que se espera un incremento en la presentación de estas planillas correspondientes al ejercicio fiscal 2024 entre el 5 al 7 por ciento.
Por concepto de declaración del citado impuesto correspondiente al año 2023, se recibieron 152 mil 700 planillas.
“Es importante recordar que es un derecho contenido en el artículo 72 del decreto 10-2012 en la determinación de la base imponible, pues la deducción de estos Q 60 mil dividido entre los Q48 mil sin comprobación y Q12 mil que se comprueba a través de una planilla en el IVA”, puntualiza Echeverría.
¿CÓMO PRESENTAR LA PLANILLA?
- Previo a presentar la planilla toma en cuenta los requisitos:
- Tener usuario de Agencia Virtual
- Actualizado en el RTU Digital
- Afiliado al Régimen Asalariado
- Ingresar a la Agencia Virtual de SAT y seleccionar “Servicios Tributarios” luego ir a “Planilla IVA-FEL”.
- Ingresa los siguientes datos:
- NIT del Patrono
- correo electrónico personal
- El sistema te mostrará los totales de los Documentos Tributarios Electrónicos que fueron emitidos con tu NIT o CUI, así como los Formularios presentados en Declaraguate entre ellos DUCA, FYDUCA y Vehículos Traspasos IVA (SAT- 231). Toma en cuenta que las facturas de Pequeño Contribuyente y Especial de Contribuyente Agropecuario no están incluidas dentro del sistema Planilla IVA-FEL.
- Presiona la opción Presentar Planilla.
Al correo que ingresaste llegará la notificación con el Formulario SAT -1111 y la constancia de presentación.
RECLAMO DEL CRÉDITO FISCAL
Los contribuyentes en relación de dependencia pueden reclamar un crédito fiscal de hasta Q600 al presentar su planilla del IVA.
Esto significa que deben alcanzar un consumo facturado por Q100 mil en el año a declarar por consumos en establecimientos y comercios, en los que se haya emitido la factura con el Número de Identificación Tributaria (NIT) y a nombre del contribuyente.
Es decir, que los Q12 mil de IVA pagado, representan los gastos por Q100 mil. En tanto, si el contribuyente no llega a esa suma, la reducción del impuesto se aplicará sobre la cantidad declarada.
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