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La competencia comercial será supervisada por una Superintendencia. Foto La Hora: Lawyers en Pixabay

Con la reciente aprobación del Decreto 32-2024 Ley de Competencia, se creará una nueva autoridad para supervisar a las empresas y evitar que realicen competencia desleal.

Se trata de la Superintendencia de Competencia, que será una entidad estatal autónoma y descentralizada, la cual deberá defender y promover la libre competencia, previniendo, investigando y sancionando malas prácticas.

Esta entidad será dirigida por un superintendente y un directorio. Este último se integrará de la siguiente forma:

  • Un director titular y suplente, designados por el Presidente de la República en Consejo de Ministros
  • Un director titular y suplente, designados por el pleno del Congreso de una lista de seis candidatos propuestos por la Comisión de Economía y la Comercio Exterior
  • Un director titular y un suplente, designados por la Junta Monetaria

Los miembros del directorio deberá pasar un proceso de selección ante una Comisión de Postulación, integrada por representantes de los tres entes descritos.

La Superintendencia podrá realizar investigaciones de oficio, o bien con base en una denuncia.

Además, se tienen establecidas lo que serían infracciones como incurrir en prácticas restrictivas, concentración ilícita, autorizar documentos que no hayan sido autorizados por la Superintendencia, negativa a colaborar para proporcionar información a la Superintendencia y el incumplimiento con las medidas impuestas en una resolución definitiva.

Entre las sanciones establecidas, se establecen multas económicas, inhabilitación como administrador o representante de un agente económico y la publicación de una resolución definitiva que imponga las sanciones y medidas.

Las multas serán equivalentes entre Q1 mil hasta Q20 mil salarios mínimos diarios no agrícolas, según el grado de gravedad y duración del acto de infracción. Así mismo, se tomará en cuenta la reincidencia en la realización de conductas prohibidas.

Además, en el caso de la denuncia sea falsa o improcedente, también se impondrán sanciones.

También se contempla, que en el caso de no cumplir con las multas en los plazos establecidos, se generarán intereses calculados con base en el promedio ponderado de las tasas activas de los bancos del sistema.

La ley fue aprobada con 122 votos, luego de enmiendas en las cuales fueron eliminados algunos numerales de los artículos 9, 10 y 14 de la iniciativa, relacionados con la comparación de precios y a la aplicación de la ley de Competencia.

La iniciativa 5074, ahora convertida en Decreto 32-2024 ingresó al Pleno el 11 de mayo 2016, aunque otras iniciativas similares fueron presentadas en distintos años, pero no lograron avanzar.

Heidi Loarca
Soy periodista apasionada por los temas políticos, económicos y sociales. A través de las noticias se guarda un registro de lo que acontece a lo largo de la historia del país.
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