Foto: La Hora

Debido al asueto por las festividades navideñas y de Año Nuevo, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) declara como inhábiles los días viernes (23), lunes veintiséis (26), viernes treinta (30) de diciembre de 2022 y lunes dos (2) de enero de 2023, para el cálculo del pago de impuestos.

Lo anterior significa que, aquellos impuestos que vencen y se tendrían que pagar en dichos días, al dar asueto la SAT, la fecha se corre al día hábil siguiente, sin imponer multas por incumplimiento.

De esa cuenta, la resolución publicada este día en el Diario Oficial indica que se instruye a la Intendencia de Recaudación para que realice los ajustes de los sistemas relacionados con el cómputo de plazos, intereses y sanciones, que correspondan.

EXCEPCIONES

Se exceptúan de dichas disposiciones, el personal que deba laborar por jornada especial de trabajo establecida o necesidades del servicio.

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