
Después de empujar al exilio al exjuez Miguel Ángel Gálvez —el togado que llevó al banquillo a militares de alto rango y políticos señalados por corrupción—, el Ministerio Público (MP), dirigido por la fiscal general María Consuelo Porras, solicitó a un juzgado desestimar la denuncia por la que la misma institución pidió, hace dos años, retirarle la inmunidad para investigarlo por supuestos delitos. Ahora, tras su éxodo, la Fiscalía admite que no tiene elementos para abrirle un proceso penal, como Gálvez y su defensa aseguraron desde un principio.
Gálvez es uno de los jueces más reconocidos de Guatemala. En sus años al frente del Juzgado de Mayor Riesgo B, presidió el caso en contra el expresidente Otto Pérez Molina, a la exvicepresidenta Roxana Baldetti y a decenas de funcionarios implicados en tramas de corrupción desveladas por la antigua Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI).
Pero lo que precipitó su salida del país fue una decisión judicial clave. Enviar a juicio a nueve militares y policías retirados, acusados de delitos de lesa humanidad en el emblemático caso conocido como Diario Militar, que documenta desapariciones forzadas y asesinatos durante el Conflicto armado Interno.
Tras esa resolución, se desató una campaña de presión. Gálvez comenzó a recibir amenazas y fue blanco de una querella —que coincidió en tiempos con su fallo judicial— presentada por la Fundación contra el Terrorismo (FCT), una organización que se dice de ultraderecha dirigida por Ricardo Méndez-Ruiz y que ha sido sancionada por EE. UU. y vetada por la Unión Europea. La FCT, creada para defender a militares acusados de genocidio, activó su conocido mecanismo de persecución judicial contra operadores de justicia: denuncias penales. La querella contra Gálvez fue el paso siguiente en ese engranaje.

LA DENUNCIA DE LA FCT
El viacrucis del juez comenzó el 11 de mayo de 2022, cuando el MP de Porras solicitó formalmente a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el retiro del antejuicio que protegía a Gálvez. Esa figura legal —una inmunidad limitada— impide que los funcionarios públicos sean investigados sin una evaluación previa, para evitar persecuciones políticas o sin fundamento. La Corte, entonces presidida por la exmagistrada Silvia Valdés, también sancionada por EE. UU., admitió a trámite la petición y nombró a un juez pesquisidor para que analizara la denuncia de la FCT.
Mientras se desarrollaba el proceso, Gálvez decidió abandonar el país. No esperó el veredicto de la CSJ ni la solicitud de orden de captura que temía que el MP presentara en su contra, como ya había ocurrido con otros operadores de justicia. Su decisión, explicó entonces, fue motivada por la ausencia de garantías legales en Guatemala y por la falta de acción de la Policía Nacional Civil, que debía protegerlo, frente a los seguimientos y actos de intimidación que padecía.
La querella de la FCT se basaba en acusaciones vagas y generalizadas por los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, prevaricato y detenciones ilegales continuadas. Señalaban al juez por supuestamente ordenar “prisión provisional” contra sindicados en casos de corrupción, una figura que, aunque no está reconocida en la legislación guatemalteca, se aplica de facto: es el tiempo que una persona permanece detenida entre su captura y la audiencia de primera declaración.

En esa audiencia —que por mandato constitucional debe celebrarse en un plazo no mayor a 24 horas tras la detención— se decide si el detenido es ligado a proceso y se le impone alguna medida cautelar, como prisión preventiva o arresto domiciliario. Si no se encuentran suficientes elementos, el juez puede dictar falta de mérito y ordenar su libertad. Son innumerables los jueces que no cumplen con ese plazo, unos por voluntad propia y otros por imposibilidad material, es decir, no les alcanza el tiempo o el espacio para llevar a cabo todas las audiencias.
La denuncia incluía recortes de prensa, un estudio del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN) titulado “La prisión preventiva en Guatemala” y la relación de varios casos, algunos de los cuales Gálvez nunca conoció. En su reciente solicitud de desestimación, el propio MP reconoció ese hecho: varios de los hechos atribuidos al exjuez no estaban bajo su jurisdicción.
MP LE DA RAZÓN A GÁLVEZ
La Hora tuvo acceso al documento con el que el MP solicita la desestimación de la denuncia penal presentada contra el exjuez. En el informe, la Fiscalía de Delitos Administrativos hace un repaso desde la interposición de la querella por parte de la FCT hasta su conclusión. No existen indicios para iniciar una causa penal contra Gálvez.
“Luego de las diligencias de investigación correspondientes, del análisis jurídico y legal realizado a la presente denuncia y de los medios de investigación obtenidos, se estima procedente la desestimación de la denuncia y archivo de las presentes actuaciones, pues no se dan los verbos rectores de los delitos señalados”, concluye la Fiscalía en su resolución.
Pese a que desde el inicio de este proceso el exjuez y su abogado, Herbert Pérez, insistieron en que se trataba de una denuncia infundada, el juez pesquisidor designado, Roaldo Chávez, respaldado por la Suprema, les negó, según el defensor, el derecho a una audiencia pública. Dos años después, el MP les da la razón, utilizando los mismos argumentos que en su momento rechazaron tanto el pesquisidor como la CSJ.

En su resolución, la Fiscalía detalla que los delitos que se le atribuían —abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, prevaricato y detenciones ilegales agravadas— no se configuran. Argumenta que todas las aprehensiones fueron ordenadas por órganos jurisdiccionales competentes y que Gálvez actuó dentro del marco de sus funciones judiciales, al resolver la situación jurídica de los sindicados conforme a la ley.
La Fiscalía subraya, además, que la figura de la “prisión provisional” se aplicó en contextos en los que aún no se había definido la situación procesal de los detenidos. Señala que Gálvez escuchó tanto a los sindicados como a sus defensores y, en varios casos, resolvió imponer prisión preventiva de forma fundada. También aclara que la agenda judicial del Juzgado estaba cargada y que debía garantizarse el derecho de defensa a cada persona, lo cual generaba retrasos inevitables.
Incluso, según los informes rendidos por la propia FECI, los expedientes cuestionados fueron tratados conforme a derecho. En consecuencia, el MP concluye que no hubo irregularidades atribuibles al exjuez y solicita el archivo definitivo del caso.

JUEZA DEBE DECIDIR CIERRE DE CASO
Tras concluir que no existen indicios para formular cargos, la Fiscalía de Delitos Administrativos solicitó la celebración de una audiencia para oficializar la desestimación de la denuncia contra el exjuez Gálvez.
El expediente está ahora en manos del Juzgado Duodécimo Penal, dirigido por la jueza Nely Eunice González. Será ella quien decida si admite para su trámite el memorial del MP, en el que se pide archivar de forma definitiva las actuaciones.
Según la agenda oficial del Organismo Judicial, la audiencia fue programada para el próximo 14 de agosto a las 9.00 horas.
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