El sector importador pide reglas claras respecto a la aplicación de listados que eviten discrecionalidad. Foto La Hora: Daniel López
El sector importador pide reglas claras respecto a la aplicación de listados que eviten discrecionalidad. Foto La Hora: Daniel López

El combate al trabajo forzoso dejará de ser solo un compromiso internacional para convertirse en un nuevo filtro a las importaciones. Guatemala construye el mecanismo previsto en el Acuerdo Ministerial 377-2026 y el Gobierno prevé apoyarse en listas internacionales, una medida que el sector comercial respalda, haciendo énfasis en la necesidad de transparencia y certeza jurídica en su aplicación.

La Cámara de Comercio de Guatemala respondió a La Hora que respalda el objetivo del acuerdo y reitera su disposición de colaborar en la construcción de mecanismos que prevengan esta práctica, haciendo además un llamado a no comprometer la seguridad jurídica, la continuidad del comercio legítimo ni la competitividad de las empresas guatemaltecas.

Para el gremio empresarial, la medida representa un avance en materia de derechos humanos y de alineación con estándares internacionales, y declaran que su implementación debe hacerse con previsibilidad.

“Estamos a favor de erradicar el trabajo forzoso de las cadenas de suministro. Lo que pedimos es que la herramienta para lograrlo sea técnica, transparente y no se convierta en una barrera encubierta al comercio”, señaló la Cámara.

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El principal impacto que visualiza el sector privado está en la trazabilidad y debida diligencia. El acuerdo exigirá a importadores conocer mejor a sus proveedores y las condiciones de producción de las mercancías, un reto que según expertos se complica para quienes compran a través de intermediarios y no importan de forma directa.

Por ello, los comerciantes e importadores consideran indispensable que el Estado publique y actualice de forma accesible el listado oficial de empresas sujetas a prohibición, con criterios claros para la inclusión y exclusión.

Solo así los comerciantes podrán tomar decisiones informadas y evitar discrecionalidad que restrinja injustificadamente la libre importación, asegura la entidad.

GOBIERNO HABLA DE APLICACIÓN ORDENADA

En ese sentido, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social coincide en la necesidad de una aplicación rigurosa, pero ordenada.

Según la cartera, el Acuerdo 377-2026 responde a compromisos internacionales de Guatemala y busca proteger la dignidad laboral, garantizando que los productos que ingresan al país no estén manchados por explotación.

El Gobierno aseguró que trabajará de la mano con el sector privado para cumplir con la debida diligencia, el derecho a la defensa y unas investigaciones rigurosas.

Ambas instituciones coinciden en que el éxito de la norma depende de coordinación interinstitucional. Otras carteras llamadas involucrarse son el Ministerio de Economía y el Ministerio de Relaciones Exteriores.

LaHora.gt preguntó a estos ministerios su postura en referencia al acuerdo, pero al cierre de esta edición no obtuvo respuesta. Este artículo se actualizará al contar con las posturas de ambas instituciones.

EE.UU. SIENTA PRECEDENTES

La Lista de Bienes Producidos con Trabajo Infantil o Trabajo Forzoso es elaborada por la Oficina de Asuntos Laborales Internacionales del Departamento de Trabajo de EE.UU., ILAB, por sus siglas en inglés.

Su publicación responde a lo exigido por la Ley de Reautorización de Protección a Víctimas de Trata de Personas -TVPRA- de 2005 y sus reautorizaciones posteriores. Con datos al 5 de septiembre de 2024, la lista incluye 204 bienes provenientes de 82 países y territorios.

Uno de los cambios importantes vino con la Ley Frederick Douglass de 2018, que mandata incluir, en la medida de lo posible, también los bienes que se fabrican con insumos producidos con trabajo infantil o forzoso.

De esta forma la lista no se limita al producto final, sino que busca visibilizar riesgos en toda la cadena de suministro.

El objetivo de la lista no es punitivo. ILAB la mantiene principalmente como una herramienta de transparencia y sensibilización para que gobiernos, empresas, sociedad civil y consumidores conozcan dónde existen estas prácticas.

La intención es promover una coordinación más estratégica y focalizada para combatir el trabajo infantil y el trabajo forzoso a nivel global, no para imponer sanciones automáticas a las importaciones.

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REQUERIMIENTOS

La Cámara de Comercio propone cuatro condiciones mínimas:

  1. Transparencia: publicación accesible y actualizada del listado oficial;
  2. Procedimiento aduanero claro: que la SAT defina por escrito cómo se notifica, se presentan pruebas y se resuelven los casos para evitar discrecionalidad;
  3. Derecho de defensa: notificar oportunamente al importador y resolver con rapidez para que una retención no genere sobrecostos desproporcionados; y
  4. Capacitación: programas de orientación para que las empresas gestionen sus riesgos al importar.

El Ministerio de Trabajo reafirmó que participará activamente en las mesas con el Ministerio de Economía y la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para construir esos procedimientos.

Su mensaje al sector productivo es: “El objetivo no es parar el comercio, es limpiarlo. Quien cumple con buenas prácticas no tiene nada que temer. Vamos a acompañar a las empresas para que se adapten”.

La Cámara y el Ministerio llaman a construir juntos un mecanismo que proteja al trabajador y a la vez dé certeza al importador honesto.

La Cámara de Comercio de Guatemala reiteró su compromiso de trabajar con el Gobierno para que el Acuerdo 377-2026 sea una política de Estado efectiva que castigue al infractor, y que no castigue al comercio legal.

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GUATEMALA ES PARTE DE LA LISTA

Amador Carballido, Director Ejecutivo de la Asociación de Exportadores, recordó que Guatemala se encuentra entre los cerca de 60 países señalados en investigaciones internacionales sobre trabajo forzoso.

La lista incluye a potencias comerciales como China y a socios cercanos como Estados Unidos, principal impulsor de la exigencia.

De acuerdo Carballido,  los señalamientos sobre trabajo forzoso pueden aplicarse en tres niveles distintos:

Por país, cuando se determina una práctica sistemática y generalizada en todos los sectores.

Por sector, cuando el problema se concentra en una industria específica.

Por empresa, nivel en el que se concentran la mayoría de los hallazgos, según las investigaciones internacionales revisadas.

La diferencia no es menor, si el señalamiento recae sobre todo un país, la consecuencia sería dejar de comprarle cualquier producto; si es sectorial, se bloquearía un rubro completo; y si es empresarial, la restricción se limitaría a esa compañía en particular.

UNA TAREA SIN PRECEDENTES

Según Carballido, el reto logístico es considerable. Guatemala, dijo como ejemplo, importa productos de alrededor de 100 países, unos 10 mil productos distintos y entre 20 mil y 30 mil empresas proveedoras, por lo que ante ese volumen, ningún país —ni siquiera Estados Unidos— tendría la capacidad de investigar exhaustivamente a cada actor comercial.

Por ello, la estrategia que se perfila para Guatemala consiste en adherirse a listados ya elaborados por fuentes internacionales consideradas confiables, como estudios de Naciones Unidas, el Departamento de Comercio de Estados Unidos, la Oficina del Representante Comercial de EE. UU. (USTR) y la Unión Europea, en lugar de desarrollar una investigación propia desde cero.

Frente a ese escenario, dijo, se plantean dos posibles vías de defensa.

La primera es argumentar con datos comerciales de terceros países ya que si Estados Unidos, que es el principal impulsor del tema, continúa comprando el producto guatemalteco o de otro país, ese hecho podría usarse como argumento ante otros socios comerciales para evitar que un producto deje de entrar a un país.

La otra medida, es recurrir  a certificaciones internacionales, que hay diversas, que auditan a empresas de forma individual y acreditan la ausencia de trabajo forzoso, incluso si el sector o el país enfrentan señalamientos generales.

COMPROMISOS PREVIOS AMPARAN

Guatemala es signataria de convenios internacionales contra el trabajo forzoso, práctica que, además, es ilegal en el país, y el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos incluye compromisos específicos en esta materia.

Según el análisis compartido, la falta de acciones concretas y visibles para cumplir esos compromisos es, en parte, lo que ha llevado a Estados Unidos a presionar por la elaboración del listado.

Carballido advirtió, además, que este tema converge con otro frente comercial: la sustitución de la Sección 232 por la Sección 301 de la ley estadounidense, un mecanismo que Washington utilizaría para aplicar aranceles vinculados al balance comercial, independientemente de la discusión sobre trabajo forzoso.

Por ahora, Guatemala no cuenta con un listado propio y definitivo. El proceso está en construcción entre los tres ministerios involucrados, dentro del plazo de 90 días establecido por el acuerdo ministerial.

El sector exportador, representado por gremiales como Agexport, ha solicitado tener voz para opinar respecto a empresas o productos específicos que estén siendo considerados para ser incluidos en el listado final, aunque hasta el momento ese mecanismo de consulta no está formalmente definido.

Eduardo Smith
Eduardo Antonio Smith Soto es economista y analista político con más de 18 años de experiencia en periodismo económico, política pública y diplomacia. Ha trabajado en análisis de coyuntura, gobernanza y relaciones internacionales, combinando enfoque técnico y lectura estratégica del contexto regional.
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