Hoy publicamos la propuesta inicial que los españoles hicieron a Puerto Quetzal para hacerse con el negocio de la Terminal de Contenedores y en la misma se ve en forma clarísima que entendían, a la luz de la legislación guatemalteca y mundial, que se estaba buscando un contrato de CONCESIÓN porque es la figura jurídica aplicable para ese tipo de operación. Por supuesto que ya para entonces sabían que el negocio sería sucio y que iban a pagar mordida, pero queriendo guardar las apariencias ellos hablaron del tipo de contrato usual para esas operaciones.

No sabían, sin embargo, que en Guatemala un bufete experto en diseñar mañoserías, viene aconsejando desde hace mucho tiempo que se utilicen instituciones del derecho privado para evitar que pueda haber fiscalización de los negocios públicos. Con la misma tranquilidad que aconsejaron constituir una sociedad anónima para enajenar la telefónica como si Perico de los Palotes estuviera vendiendo un teléfono, fueron los diseñadores de los fideicomisos públicos y los que propusieron ese concepto de usufructo oneroso para burlar el trámite de las concesiones que, en busca de transparencia, se vuelve más engorroso y que, en caso de soborno, obligaría a tirar más dinero para comprar diputados.

Pero es importante destacar que hasta los ladrones que vinieron de España, esta vez no con espejitos sino con treinta millones de dólares para entregar a los corruptos gobernantes, sabían que se trataba de obtener una concesión y luego cambiaron de vista cuando algún abogado vinculado con comerciantes españoles les dijo que no fueran babosos, que aquí no se hacen las cosas como Dios manda sino como a uno le da la gana.

Por ello es que la nulidad del contrato que ayer planteó la Procuraduría de la Nación es un paso correcto como lo es que se pida cautelarmente el embargo de los bienes y su intervención porque se trata, nótese bien, del producto de una asociación ilícita organizada para cometer el delito en perjuicio de los intereses del Estado.

Y así como lo entendían los españoles, expertos en negociar las concesiones de puertos en varios países del mundo, lo tenía que entender el Banco Mundial y los prestamistas locales que apoyaron la inversión y que estaban obligados a saber la verdadera naturaleza jurídica de un negocio por el cual la Administración Pública cede a una persona o entidad facultades de uso privativo sobre una pertenencia del dominio público o la gestión de un servicio público en plazo determinado y bajo ciertas condiciones, elementos que definen lo que es una Concesión.

En otras palabras, los españoles supieron que el contrato firmado era en fraude de ley.

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