POR GRECIA ORTÍZ
gortiz@lahora.com.gt

El Ministerio de Finanzas impulsa la regulación al secreto bancario, más no su eliminación total. Julio Héctor Estrada, a cargo de la cartera, señala que esto permitirá a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) fiscalizar a los contribuyentes sin poner en riesgo las garantías constitucionales a la privacidad, pero otras personas consideran que si no se elimina la discrecionalidad financiera nunca habrá un verdadero control sobre los evasores. A continuación, dos posturas al respecto.

MINISTRO DE FINANZAS: JULIO HÉCTOR ESTRADA

¿Por qué se debe regular el secreto bancario?

Es un tema de transparencia fiscal, y en este sentido regular la confidencialidad bancaria implica facultar a la administración tributaria para que tenga acceso a la información financiera en poder de entidades supervisadas por la Superintendencia de Bancos y entidades fuera de plaza (offshore).
Con ello se permite, en primer lugar, que Guatemala adopte las mejores prácticas internacionales en materia de transparencia fiscal, coadyuvando a un esfuerzo global para que no se utilice al país como un refugio de capitales provenientes de operaciones ilícitas, y en segundo lugar, promover y garantizar un cambio en el comportamiento de los contribuyentes para que las liquidaciones de impuestos se hagan de conformidad con la Ley y con la realidad económica que motiva hacer negocios y generar utilidades.

¿Qué no se permitirá y qué sí se permitirá con las reformas?

La disposición que se propone aprobar, enfocándonos a la confidencialidad bancaria, no permitiría solicitudes de información de forma indiscriminada y sin fundamento por parte de la SAT. Al contrario, la SAT mediante la debida justificación y sobre todo, garantizando la confidencialidad de la información, podrá obtener, mediante orden de juez, información precisa sobre casos de investigación que realice en función de sus facultades de administrar todo el régimen tributario del país.

La SAT, garantizando los derechos de los contribuyentes, deberá contar con una unidad de aseguramiento de la información, obtenida al amparo de estas disposiciones, y deberá designar al funcionario responsable (autoridad competente) que debe responder por el buen uso de la información y sobre todo que atienda las razones por las cuales se solicitó la información. Esta unidad también deberá adoptar estándares internacionales de resguardo de la información.

¿Por qué no se puede eliminar el secreto bancario?

El secreto bancario como tal no existe, ya la Ley de Bancos y Grupos Financieros permite que la Superintendencia de Bancos, por ejemplo, obtenga información financiera de personas o empresas, pero lo hace con un fin distinto al fiscal. En ese sentido, se propone que la SAT, atendiendo sus facultades de administrar todo el régimen tributario y aduanero del país, también tenga la facultad de poder tener acceso a la información para verificar que los registros financieros de los contribuyentes, y que reportan en sus declaraciones juradas, coincidan con los registros en el sistema financiero.

¿Qué efectos se espera obtener en la tributación?

Como se mencionó anteriormente, primero se pretende promover y garantizar un cambio en el comportamiento de los contribuyentes, para que a partir de la vigencia de la norma, de forma natural y voluntaria, toda la información financiera que respalde las respectivas declaraciones juradas de impuestos, revelen la totalidad de operaciones financieras vinculadas con la determinación de sus obligaciones fiscales.

En segundo lugar, para el Estado, ese cambio de comportamiento podrá garantizar una recaudación objetiva, justa y apegada a la realidad económica que motiva a hacer negocios, y que cada contribuyente aporte lo que en Ley corresponda.

ANALISTA CARLOS MARTÍNEZ

_2Por otro lado, Carlos Martínez, analista económico independiente, opinó que si bien no se podría eliminar en su totalidad el secreto bancario, sí es necesario que instituciones como MP y otras relacionadas, tengan total acceso a este tipo de información, sin tanto trámite.

¿Las autoridades deberían pensar en la eliminación total del secreto bancario?

Desde mi punto de vista, el contenido del artículo 24 de la Constitución de la República está para que se haga una reforma bastante más profunda, es decir, una regulación más sustancial. Si bien no eliminar totalmente el asunto del secreto bancario por las implicaciones que tiene, sí debe haber un amplio acceso a las instituciones, como ejemplo el Ministerio Público, la SAT, Contraloría General de Cuentas (CGC), o todos los entes legales en donde se verifique la sospecha de ilícitos.

¿Por qué debe existir el secreto bancario?

La información financiera de las personas o mismas empresas no puede estar expuesta al público, verdad, no puede ser de libre acceso, si no hay requerimientos de tipo legal en contra de una empresa, no es necesario que la información este expuesta, pero digamos, esa es una información estratégica, no puede ser totalmente abierta, no puede ser eliminado por eso.

¿Qué cambios se podrían generar al tener una mayor apertura del secreto bancario?

Lo que pasa es que la regulación es una demanda del secreto bancario es una demanda que viene más o menos desde la década de los 90. Esto es parte de un requerimiento del Estado de Guatemala que hace el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), que es el grupo intergubernamental que tiene una serie de luchas contra el lavado de activos, dinero y financiación del crimen. Parte de esos requerimientos es que el Estado debe regular y flexibilizar el asunto del secreto bancario.

¿Son las propuestas de reformas a la SAT, un avance en materia de transparencia?

Por supuesto que es un avance, desde el punto de vista netamente legal. Ahora, lo que queda pendiente es que no basta con una reforma legal, sino que las instituciones deben ser fortalecidas totalmente para que puedan aplicar la ley y encaminar investigaciones cuando los casos sean pertinentes; en este sentido las instituciones guatemaltecas son extremadamente débiles y no han tenido la capacidad de aplicar estas reformas legales, porque de nada sirve que se le dé acceso a la SAT a las cuentas bancarias de los clientes económicos, si en la práctica no tiene la capacidad institucional de hacer uso de ello.

“Ahora lo que queda pendiente es que no basta con una reforma legal, sino que las instituciones deben ser fortalecidas totalmente para que puedan aplicar la ley, y encaminar investigaciones cuando los casos sean pertinentes, en este sentido las instituciones guatemaltecas son extremadamente débiles y no han tenido la capacidad de aplicar estas reformas legales, porque de nada sirve que se le dé acceso a la SAT a las cuentas bancarias de los clientes económicos”.

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