Autor: Franco L. Farías
Editorial: youngfortransparency@gmail.com
Sobre el Autor: Director del Movimiento Libertario de Guatemala.
Los lamentables eventos criminales que azotaron al país este domingo 18 de enero, nos exigen una seria reflexión sobre el sistema. ¿Por qué ocurre lo que ocurre y cómo hacer que estos escenarios de pesadilla se erradiquen por completo? Son algunas de las dudas que, toda persona que esté a favor de la cooperación social por sobre la violencia, debe estar pensando en estos días.
Aunque no me considero capaz de ofrecer una solución permanente, creo que el primer paso para encontrarla es identificar el o los problemas que causan lo que se busca remediar. En este sentido, me gustaría ofrecer la siguiente línea de reflexión que, por supuesto está abierta al debate.
En la cadena nacional emitida ese mismo domingo, el presidente de la nación, Bernardo Arévalo, decretó estado de sitio en todo el país por los próximos 30 días. Dicha facultad presidencial se encuentra contemplada en el artículo 139 de la Constitución Política de la República; además, la Ley de Orden Público establece en su artículo 17 que durante un estado de sitio, el presidente ejerce el gobierno como Comandante General del Ejército, a través del Ministro de la Defensa Nacional. Los militares pueden intervenir o disolver organizaciones/agrupaciones sin necesidad de apercibimiento; ordenar detenciones o confinamiento sin mandamiento judicial; reprimir acciones contrarias a las disposiciones dictadas para restablecer la normalidad.
Sumado a ello, y dado que el estado de sitio se encuentra dentro de los estados de excepción, este régimen contempla restricciones al principio de libertad de acción, es decir el principio que establece que toda persona tiene derecho a hacer todo lo que la ley no le prohíbe, y otros derechos fundamentales contemplados en la Constitución, como la libertad de locomoción, reunión y manifestación, emisión de pensamiento, portación de armas, huelga, entre otros. Su objetivo es restablecer el orden social y la soberanía nacional.
Esto, que a primera vista pareciera ser bastante razonable, resulta una genuina burla cuando recordamos el motivo por el que se decretó el estado de sitio. En palabras del presidente, este: “tiene como objetivo garantizar la protección y seguridad de todos los ciudadanos, al mismo tiempo que permite utilizar toda la fuerza del Estado”. Pareciera olvidarse que el origen de toda esta problemática han sido los motines ocurridos en numerosas cárceles del país. Cuando se entiende lo que es un estado de sitio y lo que es una cárcel, parece una broma mal hecha.
La lógica detrás de este tipo de excepciones constitucionales es que, en un ambiente de libertad, el Estado presenta ciertas dificultades para garantizar la paz y el orden social, por lo que debe restringir la libertad para imponer el orden. En una fórmula: menos libertad y más poder es igual a orden y seguridad.
Si esto fuera cierto, podría decirse con propiedad que mientras menos libertad tengan los ciudadanos, y más poder tenga el Estado, mayor sería la seguridad y más ordenada estaría la sociedad. Entonces, aquel lugar donde la libertad fuera suprimida de manera absoluta y el Estado mandare y vigilara sin restricción debería ser el lugar más seguro del país, ¿verdad? ¡Serían entonces las cárceles el lugar más seguro y ordenado con diferencia!
Sin embargo, como el lector sabe, la realidad dista bastante de esta afirmación. No solo es que las cárceles no sean un lugar seguro, sino que posiblemente sean uno de los lugares donde el Estado de derecho opere con menos fuerza dentro del territorio nacional. Es más: las cárceles son comúnmente asociadas con focos de violencia, corrupción y crimen organizado, más que con una sociedad ejemplar y recta.
Vale la pena tener en cuenta que una cárcel es la presencia absoluta y constante del Estado: es una fortaleza que, en lugar de construirse para resistir el asedio, se erige para impedir la fuga. Aquí, el Estado no solo es totalitario, también es socialista (como si pudiera existir otro tipo de totalitarismo): es monopolista de seguridad; de la vivienda (la celda es asignada y amoblada); de alimentación (no hay competencia en la comida: todos deben comer lo mismo a la misma hora); de vestimenta (todos deben usar uniformes provistos por el Estado). El uso de dinero y el intercambio están prohibidos; la propiedad privada es sumamente delimitada y siempre es relativa a lo que el poder político estime conveniente.
Y ni con todo ese control y supresión de libertades el Estado logra imponerse. Pareciera que es, naturalmente, ineficiente. Aun cuando las cárceles representan la apoteosis del Estado, este no es capaz de instaurar aquello que promete garantizar a los ciudadanos libres con atribuciones mucho más limitadas.
Esto no es una apelación a que el Estado trascienda hacia el totalitarismo ni a que ejerza un control permanente sobre los ciudadanos; es un recordatorio de que la planificación central es ineficiente y por lo tanto, la planificación de seguridad y orden público también lo son.
Por tanto, no sufrirán quienes, ni en condiciones extremas, pudieron ser reprimidos, sino los ciudadanos buenos –y en ocasiones ingenuos– que cumplen la ley y aceptan sus perjuicios.
Como en la mayoría de asuntos sociales, la competencia, la propiedad privada y, en una palabra, la libertad, constituyen buenas guías para imaginar sistemas alternativos en los que estas problemáticas pueden atenuarse. El fenómeno de la criminalidad no depende del sistema de gobierno, pues esa decisión depende de los individuos; sin embargo, su alcance y su numerosidad, sí.







