El Congreso de la República aprobó el martes 3 de febrero, en primer debate, la iniciativa de ley de infraestructura urgente para el transporte de energía, la cual será declarada por el Ministerio de Energía y Minas (MEM).
De acuerdo con los ponentes, esta propuesta busca garantizar el suministro eléctrico en el país a través de obras del sistema de transmisión. Estas serán declaradas de carácter prioritario para asegurar la operatividad, confiabilidad y continuidad del servicio, así como para mitigar la congestión y atender contingencias o riesgos en los sistemas.
Para alcanzar este objetivo, se creará la Ventanilla Única para la Instalación de Infraestructuras Eléctricas. Esta funcionará como un mecanismo interinstitucional para la recepción, integración, trazabilidad, coordinación y gestión de expedientes. La ventanilla será administrada por el MEM, entidad que podrá contratar o realizar convenios de servicios para su funcionamiento con cualquier entidad, pública o privada, relacionada con el sector eléctrico.
La propuesta detalla que se considerará «infraestructura urgente para el transporte de energía» a las obras del sistema de transmisión incluidas en el Plan de Expansión del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica vigente, tanto del Sistema Principal como del Sistema Secundario, independientemente de su modalidad de ejecución conforme a la Ley General de Electrificación y su reglamento.
Asimismo, se incluirán las obras autorizadas por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) bajo la modalidad de iniciativa propia o acuerdo entre partes. Para ello, la CNEE deberá publicar o actualizar las normas técnicas y criterios objetivos que determinen las características, requisitos de información y parámetros de priorización aplicables a dicha infraestructura.
El Viceministro de Energía Juan Fernando Castro participó en la presentación del dictamen favorable por parte de la Comisión de Energía y Minas del Congreso, para la iniciativa 6665, Ley de Infraestructura Urgente para el Transporte de Energía. pic.twitter.com/o6mbJmA1D1
— Ministerio de Energía y Minas de Guatemala (@MEMguatemala) February 4, 2026
ORDENAN PROCEDIMIENTO
La iniciativa de ley de infraestructura urgente para el transporte de energía detalla, además, el procedimiento para el desarrollo de estas obras. El marco legal abarca la declaración de servidumbres, el establecimiento de plazos, el mantenimiento de las instalaciones y mecanismos para la resolución alterna de conflictos.
Asimismo, los diputados incluyeron los montos de los arbitrios que se podrán cobrar por unidad de medida en la infraestructura urgente (subestaciones y líneas de transmisión). También se definen los sujetos pasivos que estarán obligados al pago de dichos arbitrios.
«Las dependencias y entidades del Estado, independientemente de su naturaleza jurídica, régimen administrativo, grado de autonomía o nivel de descentralización, deberán coadyuvar, dentro del ámbito de sus competencias, al establecimiento, gestión y formalización de las servidumbres necesarias para la ejecución de obras de infraestructura eléctrica, de conformidad con lo dispuesto en la presente ley», resalta el artículo 26 de la iniciativa de ley 6665.
El diputado Julio Héctor Estrada reconoció que, fuera del área metropolitana, las tarifas de energía son crecientes y el servicio es de mala calidad. Señaló que la población enfrenta apagones constantes y pérdida de electrodomésticos, debido a que el país ha fallado en la construcción de líneas de transmisión.
A su vez, el legislador comentó que el Plan de Expansión del Sistema de Transporte (PET-1), adjudicado en 2009, aún no ha concluido. Por su parte, el PET-2 no alcanza el 50 % de avance y el PET-3 fue declarado desierto en 2025.
Estrada agregó que estos factores han provocado escasez de electricidad, una menor capacidad de crecimiento para el consumo industrial y, por ende, una reducción en la generación de empleo y una deficiente calidad eléctrica.
Congreso aprueba el regreso de las Escuelas Normales ahora con especialización docente







