
El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) mantiene en pie la convocatoria para elegir magistrado titular y suplente de la Corte de Constitucionalidad, en medio de la controversia legal que rodea el proceso de elección.
La situación se originó luego de que, el pasado lunes 2 de febrero, la Sala Sexta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo otorgara un amparo provisional a favor de los abogados Ricardo Sagastume Morales y Diego Sagastume Vidaurre, resolución que busca excluir del proceso electoral a profesionales de ciencias afines.
Los abogados Sagastume interpusieron la acción de amparo contra la Junta Directiva del CANG, al señalar presuntas irregularidades en la convocatoria, argumentando que únicamente los abogados con colegiado activo pueden participar en la votación, y que profesionales como politólogos, sociólogos y otras disciplinas afines no deberían formar parte del proceso.
Con la resolución de la Sala Sexta, el CANG contaba con un plazo de seis horas para modificar la convocatoria. Sin embargo, abogados salieron en defensa de la participación de las ciencias afines. Entre ellos, Erick Miguel Castillo López, quien presentó ante la Sala Sexta y la CC una cuarta acción legal con el objetivo de que se respete el derecho a elegir de estos profesionales.
No obstante, un día antes, el 1 de febrero, Castillo ya había presentado un ocurso en queja ante la CC, mediante el cual solicitó la suspensión del trámite del amparo promovido por los abogados Sagastume, acción planteada previo a que la Sala Sexta emitiera su resolución.
Abogado Erick Castillo acciona para defender el voto de ciencias afines en el CANG
ORELLANA Y EL RECURSO DE ACLARACIÓN
Horas después, el candidato a magistrado de la Corte de Constitucionalidad, Ovidio Orellana, presentó ante un juzgado de turno un recurso de aclaración y ampliación contra la resolución de la Sala Sexta.
Según Orellana, la solicitud busca que la Sala explique por qué ordena modificar la convocatoria, cuando —según su planteamiento— el acto que dispone la realización del proceso electoral es una decisión previa de la Junta Directiva del CANG, y no la convocatoria en sí.
Al igual que Castillo, 1 de febrero, Orellana también acudió a la CC con dos escritos dentro de los expedientes existentes, en los que argumentó que los profesionales de ciencias afines, por mandato constitucional y legal, tienen derecho a elegir y ser electos.
CANG: AMPAROS, ACLARACIÓN Y CONVOCATORIA
En seguimiento a la resolución judicial, la presidenta del CANG, Patricia Gámez, presentó el lunes dos acciones de amparo contra los magistrados de la CC Roberto Molina Barreto, Dina Josefina Ochoa Escribá y Claudia Elizabeth Paniagua Pérez.
Según Gámez, estos magistrados pretendían conocer con celeridad los amparos relacionados con la convocatoria.
Sin embargo, este martes 3 de febrero, el CANG publicó una nueva convocatoria en la que invita a participar a los colegiados, incluidos los profesionales de las ciencias afines al derecho, para la elección de magistrados.
Además, Gámez informó que solicitó una aclaración a la judicatura y presentó un ocurso de queja ante la CC contra la resolución de la Sala Sexta, manteniendo firme la convocatoria para que más de 40 mil agremiados participen en el proceso electoral.
A las acciones impulsadas por el CANG se sumó una apelación directa ante la alta corte, presentada por agremiados de ciencias afines, con la que buscan que se les permita participar en la votación.
Representantes del grupo señalaron que la resolución de la Sala Sexta vulnera su derecho a elegir y ser electos, y advirtieron sobre una “amenaza inminente” de quedar excluidos del proceso, tomando en cuenta que la elección se encuentra pocas horas de realizarse.
PRONUNCIAMIENTOS
En medio del enredo legal, el Panel de Personas Expertas Independientes de Guatemala (PEI-GT) expresó su “extrema preocupación” por el amparo provisional otorgado, el cual aseguran, se sustenta en una interpretación equívoca e irrazonable de la Constitución, lo que implicaría violaciones al derecho al voto de los profesionales afectados.
Además, señaló que existieron oportunidades legales para objetar la convocatoria en tiempo, pero que al no hacerlo se recurrió posteriormente al amparo, una acción que —a su criterio— desnaturaliza el recurso y busca alterar una decisión ya precluida, calificándola como “maliciosa e improcedente”.
OEA: EN RIESGO LA LEGITIMIDAD
Por su parte, la Misión Especial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) advirtió sobre la alteración de las reglas electorales dentro del CANG, señalando que estas irregularidades comprometen la legitimidad de la máxima instancia judicial del país.
Según la Misión, los profesionales de ciencias afines no pueden ser excluidos del proceso, ya que están legalmente colegiados, cumplen con el pago de cuotas, están sujetos al régimen disciplinario y han participado históricamente en los procesos electorales del Colegio.
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URL CALIFICA RESOLUCIÓN DE “INACEPTABLE”
Asimismo, la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar (URL) emitió un comunicado en el que solicitó a la CC resolver la situación para garantizar que los profesionales puedan ejercer su voto conforme a lo previsto.
Según la facultad, el amparo provisional otorgado por la Sala Sexta constituye una resolución “inaceptable”, que erosiona gravemente la confianza en el proceso electoral y afecta la institucionalidad democrática.
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SALA RECHAZA ACLARACIÓN
Pese a los recursos y solicitudes de aclaración interpuestos, la Sala rechazó la aclaración planteada por el CANG y ordenó a la Junta Directiva pronunciarse en un plazo de tres horas, en cumplimiento del amparo provisional.
De no acatar la resolución, advirtió que podría iniciarse un proceso penal por desobediencia. En ese contexto, el abogado Diego Sagastume solicitó que se dé cumplimiento al amparo provisional otorgado.







