
La Corte Interamericana de Derechos Humanos celebrará del 17 al 20 de marzo de 2026, en Brasilia, las audiencias públicas de la opinión consultiva solicitada por Guatemala sobre democracia y Estado de derecho. El proceso abre la fase oral de una consulta que, más que formular una definición abstracta, busca que el tribunal delimite con precisión qué obligaciones mínimas tienen los Estados para garantizar la vigencia del sistema democrático.
En vísperas de esas audiencias, el procurador general de la Nación, Julio Saavedra, defendió la iniciativa como una respuesta institucional ante el deterioro democrático en la región.
“Recordemos que el retroceso democrático que vivimos hoy es el resultado del socavamiento de las instituciones clave que garantizan la existencia de la democracia como sistema”, afirmó en entrevista con La Hora. Para el funcionario, la consulta pretende que la Corte “le dé contenido a la democracia” y establezca estándares claros sobre cómo debe ser defendida.
La solicitud fue presentada el 6 de diciembre de 2024 por el Estado de Guatemala, a través de la Procuraduría General de la Nación (PGN). No se trata de un caso contencioso ni de la denuncia de hechos concretos, sino de un mecanismo previsto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos para que el tribunal interprete el alcance de las obligaciones estatales en abstracto.

El calendario fijado por el presidente de la Corte, Rodrigo Mudrovitsch, permitirá que Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos, órganos del sistema interamericano, tribunales, organismos electorales, universidades y organizaciones de la sociedad civil expongan de manera presencial sus argumentos ante los jueces, dada —según la propia Corte— “la trascendencia y amplitud” de las cuestiones sometidas a consideración.
CONSULTA NACE TRAS CRISIS DE 2023
La iniciativa se gestó tras la crisis democrática que siguió a las elecciones generales de 2023, cuando el ahora presidente Bernardo Arévalo enfrentó durante meses una ofensiva judicial encabezada por el Ministerio Público (MP) dirigido por María Consuelo Porras. Las investigaciones contra el partido ganador, Movimiento Semilla, y las solicitudes para revertir los resultados fueron señaladas por actores internacionales como intentos de un golpe de Estado.
En ese contexto, el Estado guatemalteco decidió acudir a la Corte no para litigar responsabilidades individuales, sino para solicitar una interpretación estructural: cuáles son las medidas que un Estado está obligado a adoptar para preservar el funcionamiento democrático de sus instituciones.
Saavedra lo formuló en términos directos: “Lo que se busca es que la Corte se manifieste sobre cuáles son las medidas que tiene que tomar un Estado para garantizar la democracia en un momento dado”. Según explicó, el objetivo es fijar “parámetros” y “estándares” que permitan identificar qué acciones concretas deben implementarse para defender y restaurar el sistema democrático.

DEMOCRACIA Y ESTADO DE DERECHO: UN VÍNCULO INESCINDIBLE
Aunque el debate público ha girado en torno a si la democracia debe ser reconocida como un derecho humano autónomo, la PGN ha insistido en que el eje de la consulta es práctico: determinar obligaciones estatales y estándares de protección.
“Democracia y Estado de derecho están íntimamente vinculados. No puede existir democracia si no existe Estado de derecho”, subrayó el procurador. En su interpretación, el concepto central del Estado de derecho es la independencia judicial. “Eso está en el centro de todo el Estado de derecho”, afirmó.
La consulta, en consecuencia, no se limita a una discusión teórica. Interroga a la Corte sobre la autonomía del eventual derecho a la democracia, su relación con otros derechos —como los políticos, la libertad de expresión o el acceso a la justicia— y los efectos que produciría su vulneración. También pregunta qué estándares deben aplicar los Estados para garantizar, respetar y promover el sistema democrático, y en qué condiciones podrían justificarse restricciones dentro de una sociedad democrática.
En un segundo bloque, la solicitud aborda la democracia como organización social y política indispensable para el desarrollo y el ejercicio efectivo de los derechos humanos. Guatemala plantea si la defensa y promoción de la democracia constituye una obligación positiva para los Estados y qué medidas concretas están llamados a implementar. Entre ellas, menciona la paridad de género en candidaturas y cargos públicos, así como la enseñanza obligatoria de derechos humanos en todos los niveles educativos.

La institucionalidad electoral ocupa un apartado específico. El Estado consulta si todos los órganos electorales —judiciales o administrativos, permanentes o temporales— deben gozar de garantías reforzadas de independencia y qué estándares deben adoptarse para protegerlos, especialmente en contextos electorales. Asimismo, interroga sobre el impacto de la desinformación, los discursos de odio y las campañas de descrédito en redes sociales y medios de comunicación, y sobre las obligaciones estatales para prevenir estas prácticas sin vulnerar la libertad de expresión.
Finalmente, la consulta examina el papel de los partidos políticos como vehículos para el ejercicio de derechos. Pregunta qué obligaciones tienen los Estados para garantizar el pluralismo, qué límites deben observar las autoridades administrativas y judiciales en los procesos de inscripción y cancelación de partidos y si un sistema democrático sin partidos —o de partido único— es compatible con la Convención Americana.
La Corte recibió observaciones escritas de nueve Estados —entre ellos Estados Unidos, Brasil, Chile y Colombia—, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de órganos de la OEA, de tribunales constitucionales y electorales y de más de 60 universidades y clínicas jurídicas de América y Europa. También participaron organizaciones de derechos humanos, asociaciones judiciales, autoridades indígenas de Guatemala y exfuncionarios que se encuentran en el exilio.

Con base en esa amplitud de aportes, el tribunal consideró necesario abrir un espacio de diálogo directo mediante audiencias públicas presenciales.
ALCANCE DE UNA OPINIÓN CONSULTIVA
A través de este mecanismo, la Corte ha fijado estándares decisivos en materias como la libertad de expresión, los derechos políticos, la igualdad de género y el acceso a la justicia en otros países.
Para el abogado constitucionalista Javier Urízar, especialista en derechos humanos, las opiniones consultivas funcionan como la interpretación última de la Convención Americana. “No son resoluciones sancionatorias ni declaran responsabilidades concretas, pero establecen cómo deben entenderse las normas del sistema interamericano”, explicó a La Hora. Su carácter no contencioso implica que no generan condenas ni reparaciones, pero sí fijan criterios jurídicos que los Estados no pueden ignorar.
Urízar subraya que, en la práctica, estos pronunciamientos adquieren un efecto vinculante indirecto. Si la Corte IDH concluye que la democracia es un derecho humano, esa interpretación se incorpora al derecho interno como parámetro obligatorio. “Después de eso, ningún tribunal nacional podría sostener válidamente que la democracia no es un derecho protegido”, señala.
El impacto también se proyecta a futuro. Una definición de este tipo permitiría que eventuales casos contenciosos se analicen bajo la lógica de una violación al derecho a la democracia, habilitando condenas internacionales cuando se acredite su vulneración. América Latina, recuerda Urízar, es la única región que cuenta con un instrumento específico —la Carta Democrática Interamericana— que reconoce la democracia como un derecho, lo que refuerza la relevancia jurídica del debate.
Para Saavedra, la trascendencia del proceso radica en su proyección regional. “Estamos viendo de manera preocupante el retroceso democrático”, señaló. “Tenemos que apostarle a fortalecer la democracia y una de esas acciones en concreto es buscar el pronunciamiento de la Corte Interamericana”.

En una entrevista concedida a El País, el presidente de la Corte IDH, Rodrigo Mudrovitsch, subrayó la relevancia del proceso abierto a partir de la consulta de Guatemala. “Lo que está pendiente de juzgar por la Corte, y creo que va a ser un terreno muy interesante de discusión sobre democracia, es la opinión consultiva sobre la democracia en el Estado de Guatemala”, afirmó.
Sin anticipar el sentido del futuro pronunciamiento, el juez señaló que se trata de una de las consultas “más importantes” recibidas por el tribunal en los últimos años. “Si la Corte es un micrófono abierto, estas opiniones consultivas es donde se vuelve más democrático. Escuchamos estudiantes, asociaciones, a los Estados… Es entonces donde la Corte podrá aportar más concretamente sobre las obligaciones institucionales para la preservación de la democracia”, añadió.
Más que zanjar un debate semántico, la consulta coloca en el centro una pregunta de fondo: qué exige, en términos jurídicos concretos, la defensa del sistema democrático en el marco del derecho interamericano. La respuesta de la Corte, prevista tras las audiencias de marzo, marcará un estándar que podría redefinir el modo en que la región entiende y protege sus instituciones.







