Diputado Julio Portillo quedó libre de cargos. Foto La Hora: Congreso de la República
Diputado Julio Portillo. Foto La Hora: Congreso de la República

El diputado del bloque CABAL, Julio Portillo, propuso la iniciativa 6657, Ley de Protección Digital contra Contenidos Falsificados por Inteligencia Artificial (PRODIGI), que busca imponer multas de hasta Q500 mil a quienes generen contenido falso mediante IA.

Según el documento, el objetivo de esta ley es proteger a las personas residentes o nacionales frente a la creación, manipulación, publicación o difusión no autorizada de imágenes, audios o videos generados o alterados con IA (deepfakes), que afecten su reputación, dignidad, privacidad o identidad.

De esta manera, la ley se aplicaría a todo contenido difundido en el territorio nacional, sin importar la ubicación de los servidores o plataformas, incluyendo aquellas extranjeras que presten servicios en Guatemala.

DELITOS Y PENAS

Entre los delitos tipificados en esta iniciativa destacan:

  • Creación o difusión maliciosa de deepfake: sanción de tres a seis años de prisión y multa de Q200 mil a Q500 mil.
  • Amenaza o extorsión mediante deepfake: prisión de tres a cinco años y multa económica de Q100 mil.

El documento señala que las penas pueden incrementarse en un tercio cuando la víctima sea menor de edad, funcionario público, periodista, líder religioso o persona perteneciente a un grupo vulnerable.

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DENUNCIAS

Entre los mecanismos para interponer una denuncia, las plataformas deberán habilitar vías accesibles para que las personas puedan reportar contenidos. Una vez recibida la denuncia, el contenido difundido deberá retirarse en un plazo máximo de 48 horas.

Las víctimas también podrán presentar su denuncia de forma escrita o verbal ante el Ministerio Público (MP), la Policía Nacional Civil (PNC) o el Sistema de Información Tecnológica (SIT), adjuntando los medios de prueba correspondientes.

INDEMNIZACIÓN

El responsable del contenido deberá indemnizar por daños morales, psicológicos y materiales al afectado, y el juez podrá ordenar la rectificación pública y la suspensión del acceso a redes.

Asimismo, la Procuraduría General de la Nación (PGN), la PNC, el Ministerio de Gobernación (MINGOB), el MP y el SIT podrán intervenir en los casos que involucren a menores de edad o personas con discapacidad.

Yesica Peña
Periodista profesional, formada en la Universidad de San Carlos de Guatemala. Enfocada en cobertura de temas comunitarios, migratorios, culturales y ambientales. Comprometida con una comunicación veraz, clara y al servicio de la ciudadanía. -Creyente en el poder de las historias bien contadas para transformar realidades.-
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