El Congreso aprobó el Decreto 27-2025, que contiene el Presupuesto General de la Nación para 2026, repitiendo un patrón ya conocido: aprobación de madrugada, por urgencia nacional y con mínima deliberación. Con un total de Q163 mil millones, este es el presupuesto más alto de la historia reciente y equivale al 16.1% del Producto Interno Bruto, un nivel sin precedentes para el país.
Uno de los puntos críticos es el artículo 163, que establece una asignación extraordinaria de Q6,312.1 millones a favor de los Consejos Departamentales de Desarrollo (Codedes). El propio decreto señala que estos recursos deben destinarse “prioritariamente” a proyectos de agua potable, saneamiento, alcantarillado, manejo de desechos sólidos e infraestructura básica, pero también deja abierta la posibilidad de financiar prácticamente cualquier obra local: desde caminos rurales y drenajes hasta edificios de usos múltiples e infraestructura vial urbana.
Aunque el artículo indica que los proyectos deben cumplir procesos de planificación y publicarse en Guatecompras, la amplitud del catálogo y las excepciones incluidas, como la no aplicación de ciertas restricciones del artículo 30 Bis de la Ley Orgánica del Presupuesto en proyectos de agua, terminan debilitando los controles técnicos.
Según explicó Ricardo Barrientos (ICEFI) en una entrevista que le hice junto a Erick Coyoy (ASIES), al sumar el aporte ordinario, este aporte extraordinario y los traslados de saldos autorizados en el Decreto 7-2025, los Codedes podrían administrar alrededor de Q16,600 millones en 2026. Esto los convertiría en una superestructura de gasto con más recursos que el Ministerio de Salud, el segundo ministerio más grande en términos de presupuesto después de Educación.
El problema, señalan los analistas, no es solo el monto, sino la manera en que se distribuye. En la práctica, la tabla de asignación municipal opera con criterios políticos y no técnicos.
A eso se suma la preocupación por los proyectos incluidos en los anexos del presupuesto. Como advirtió Barrientos, muchos carecen del número de registro correspondiente en el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), lo que implica que no cuentan con estudios de preinversión, factibilidad o costos: requisitos básicos para asegurar viabilidad. Incluir proyectos sin SNIP abre la puerta a obras improvisadas, sobrevaloradas o inviables, y refleja un patrón conocido: presupuestos inflados para distribución política, no para inversión efectiva.
Otra alerta está en las transferencias a organizaciones no gubernamentales. Aunque debe revisarse en el artículo específico del decreto, los analistas señalaron que se aprobaron Q2,400 millones hacia ONG, replicando esquemas cuestionados en legislaturas pasadas y mezclando organizaciones legítimas con otras de reciente creación o vinculadas a actores políticos.
Pasemos ahora al terreno legal. Este decreto reproduce un vicio que he señalado y del que también adolece el Decreto 7-2025: la llamada “multianualidad” de los fondos de los Codedes. El artículo 54 del Decreto 27-2025 amplía el presupuesto 2026 de los Consejos Departamentales de Desarrollo con los saldos por devengar de ejercicios anteriores. Así, el dinero no ejecutado no se extingue al cierre del año, sino que se traslada automáticamente al siguiente.
Esta lógica se conecta directamente con el artículo 2 del Decreto 7-2025, que adiciona el artículo 45 Ter a la Ley Orgánica del Presupuesto y permite que los saldos no devengados de las asignaciones extraordinarias a los Codedes permanezcan disponibles en la Cuenta Única del Tesoro, además de facultar al Ministerio de Finanzas a ampliar el Presupuesto General por vía administrativa. En la práctica, ambos mecanismos crean un régimen multianual excepcional para los Codedes, al margen del principio de anualidad y de la unidad del presupuesto, y constituyen, a mi juicio, una clara inconstitucionalidad.
Además, todo este entramado tiene un costo político evidente. Para el oficialismo, el acuerdo que permitió la aprobación del presupuesto implicó pagar un precio altísimo, sin que a cambio se avanzara en leyes sustantivas para el país ni en las prioridades estratégicas del propio gobierno. Mientras se multiplicaron recursos para estructuras locales con débil control y clara utilidad política, quedaron fuera de la agenda reformas indispensables en materia de transparencia e institucionalidad. El resultado es un presupuesto que fortalece clientelas, pero no impulsa políticas de Estado.
En conjunto, el presupuesto aprobado para 2026 concentra recursos extraordinarios en mecanismos políticamente manejables, reduce controles técnicos y debilita la disciplina fiscal. Tanto la forma de aprobación como el contenido del decreto profundizan los patrones más oscuros del ciclo presupuestario guatemalteco.







