Los cinco puntos que dieron paso al veto del decreto 09-2025 que exonera los estudios de impacto ambiental.
Foto La Hora: Roberto Altán

El presidente Bernardo Arévalo vetó el decreto 09-2025, que planteaba una reforma a la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente para exonerar de la obligación de estudios de impacto ambiental a ciertos grupos como organizaciones benéficas o iglesias.

Según la resolución de la Presidencia, el decreto «implica un grave retroceso ambiental para el país» limitando, únicamente a las actividades comerciales, la obligatoriedad de contar con una Evaluación de Impacto Ambiental.

Arévalo veta Decreto 09-2025 que exonera a iglesias y otros grupos del estudio de impacto ambiental

Mediante el acuerdo 192-2025, la Presidencia da una explicación de los puntos por los cuales se llegó a la decisión del veto, siendo estos:

  1. Adhesión de la frase comercial: Dentro de la reforma se hace la adhesión de la palabra «comercial» dentro del primer párrafo del artículo 8 de dicha ley, que indicaba: «Toda obra, industria o proyecto que por sus características pueda dañar el ambiente, tiene exceso ambiental»
  2. Exoneración de sectores: Mencionado desde su promulgación, se señala que al colocar la frase «comercial» del primer punto, exonera a diferentes sectores que tienen obligación de realizar los estudios de impacto ambiental, excluyendo así también las sanciones en caso de no contar con dichos estudios.

Arévalo asegura que vetará Decreto 09-2025 y convocará a Consejo de Ministros

3. Clasificación «comercial» no aplica a todos: Por otra parte, el decreto, al solo mencionar el término «comercial», no incluye sectores cuyas actividades no son clasificadas como comerciales, como lo pueden ser proyectos de explotación de recursos.

4. Falta jurídica por antigüedad de ley: dentro de las reformas se establece la creación de reglamentos por parte del poder Ejecutivo, sin embargo, en el texto se establece que se realiza bajo la ley de 1986 y no por la reforma, lo que genera un plazo vencido para establecer dichos reglamentos.

5. Incumplimiento de protocolos: Según explica el acuerdo, Guatemala, al ser parte del «Protocolo de San Salvador», el cual establece el derecho a la salud y el derecho a un medio ambiente sano, al excluir los rubros «no comerciales», se estaría incumpliendo el mismo al no velar por el cuidado correcto del ambiente.

Kenneth Jordan
Periodista y fotógrafo apasionado por lo intrigante del mundo, buscando los detalles únicos con una mirada de curiosidad y asombro constante.
Artículo anteriorHermano de Nayib Bukele se inscribe como candidato a la presidencia de la Federación Salvadoreña de Fútbol
Artículo siguienteLa preocupación de Salazar