“Si el hombre fracasa en conciliar la justicia y la libertad, fracasa en todo”. Albert Camus
En el país se ha tergiversado la ley, utilizándola para lo contrario del objeto de su creación, con lo que la certeza jurídica que es una de las características del Estado de Derecho, por medio del cual un país es solvente jurídicamente, y con ello un lugar seguro para invertir, no se produce acá, lo que nos coloca en una situación que corresponde solucionar al Organismo Judicial y a todo el Sistema de Justicia, por ser garante de la correcta aplicación de las normas en general.
Los tribunales han sido el vehículo por medio del cual se obtienen resultados que nos hace preguntarnos, ¿Qué es lo que pasa? Convirtiéndose los diferentes medios de defensa como el amparo y otras garantías más en cualquier papel, menos lo que deben ser, para tratar de obligar a personas e instituciones a hacer lo que la ley puede incluso prohibir, pero para lo que sí ha servido es para tratar de obligar, o directamente obligar a personas e instituciones a obedecer órdenes que pueden ser ilegales, y que producen un efecto negativo.
Ejemplo de lo anterior son las resoluciones de una Sala de Apelaciones de Izabal y un Juzgado Civil de Alta Verapaz, quienes dieron con lugar sendos amparos provisionales solicitados por la dirigencia de un partido político, y que dejaron en suspenso el acto de toma de posesión como presidenta del Parlacen, a una diputada simplemente porque los miembros del partido no estaban de acuerdo, por problemas internos del mismo partido, cuando el Parlacen es un organismo internacional e independiente de la política interna, aunque tenga su sede en Guatemala, por lo que los órganos jurisdiccionales nacionales no tienen competencia para intervenir judicialmente en las decisiones que tome el mismo.
Así también observamos que un Juez de lo Penal ordena que el Ministerio de Salud embargue el 35% del salario del titular de la cartera, cuando este funcionario goza del Derecho de Antejuicio por lo que goza de inmunidad, para emitir esta orden debió de solicitarse el retiro de la misma, además ¿Cuál es el objetivo de la medida? Tomando en cuenta que el embargo de salarios sirve como medida cautelar para asegurar que el acreedor pueda cobrar el monto adeudado y proteger sus derechos frente al incumplimiento del deudor, que sepamos el ministro no es deudor del MP, que es el ente que solicitó el embargo, que es la institución que reconocemos, más tergiversa la ley, para conseguir resultados políticos cuando deben ser jurídicos.
En el caso UNOPS, también es cuestionable la actitud judicial, ya que ordena un Juez Penal, que el Ministerio de Salud no realice ningún desembolso a UNOPS para la compra de medicamento y equipo, también como medida cautelar, porque el caso apenas inicia, creando un problema al Ejecutivo y a la sociedad que dependemos de la salud pública, aunque ellos paguen seguro y asistan a hospitales privados el grueso de la población no, además recordemos que las instituciones estatales no funcionan como la iniciativa privada, que pueden decidir de un día para otro cambiar su sistema de compras y pagos, pero el fondo es lo importante, se trata de medicamento y equipo lo que atenta en contra de la salud de la población, que es lo que se debe valorar, pero no se ha hecho.
Es preocupante asimismo que se utilice la Ley de Femicidio, para conseguir algunas funcionarias públicas, que quienes califican el supuesto incumplimiento de sus funciones o errores que cometan, sean “protegidas” de quienes las critican por no estar de acuerdo con su función, reproches que son permitidos porque así como los funcionarios hombres han tenido que aceptar las críticas a su cargo, las mujeres por serlo, no están exentas, como muy bien lo manifestó ya en una resolución un juez, aunque otros juzgadores han permitido la utilización de la ley que protege a las víctimas de los abusos de los hombres con los que han tenido o tienen un vínculo, para proteger a funcionarias que no han demostrado ese vínculo, y sí el cuestionamiento a su función.
La ley es creada para un fin específico, tergiversarla es un acto de violación a la misma ley.







