POR VIRGINIA CONTRERAS
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El Registro Nacional de las Personas (Renap) actualizó el Protocolo para la Atención de Usuarios de esa entidad, el cual contiene normas de atención a las personas LGBTI (lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales), especialmente a las y los ciudadanos transexuales.
De acuerdo con el Renap, con ello se promueve el acceso al Documento Personal de identidad –DPI- con pleno respeto a sus orientaciones sexuales e identidades de género; además representa un avance en la respuesta del Estado de Guatemala a las recomendaciones que distintos organismos internacionales han planteado, en cuanto a la promoción y respeto por los derechos humanos.
Sin embargo, eso no significará que el Renap registre, por ejemplo, con sexo «femenino» a una persona que nació biológicamente como hombre, ya que no se cuenta con un fundamento para esa práctica, como sí ocurre en otros países.
La iniciativa promueve dentro del personal el principio de no discriminación hacia personas LGBTI. «En Guatemala, las personas de la diversidad sexual y de género continúan viviendo en riesgo de vulnerabilidad en cuanto al goce de sus derechos básicos, como consecuencia de las cargas de estigma y discriminación. La discriminación que aqueja a las mencionadas personas, consecuencia de los prejuicios hacia su orientación sexual y de su identidad de género, también responde al desconocimiento de los derechos que les asisten y de las obligaciones del Estado de garantizar el goce de los mismos, sin distinción alguna», refiere un comunicado de Renap.