La administración de Donald Trump, ha emitido una seria advertencia a inmigrantes que se encuentran viviendo en Estados Unidos en forma ilegal, a que deben cumplir un requisito de registro ante la agencia federal de inmigración, tras una Orden Ejecutiva 14159, fundamentándose en la Sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) de Estados Unidos, de no hacerlo tendrán serias consecuencias como detención, juicio, multa y expulsión, advierte el licenciado Fernando Castro Molina, analista migratorio guatemalteco.

La Orden Ejecutiva 14159 titulada “PROTEGER AL PUEBLO ESTADOUNIDENSE CONTRA LA INVASIÓN”, fue emitida el 20 de enero del presente año y constituye parte de las acciones antiinmigrantes que ha suscrito Donald Trump.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) en un comunicado compartido, advierte que el requisito es obligatorio para inmigrantes que residen en Estados Unidos en situación ilegal, por lo que deben cumplir el registro establecido, las personas de 14 años en adelante, de no hacerlo, podría generar sanciones civiles y penales, incluyendo el enjuiciamiento y multas económicas de hasta US$5,000 y prisión por hasta 30 días, ambas penas combinadas.

Además, se advierte que los inmigrantes deben reportar cambios de dirección en 10 días a USCIS a través de su plataforma en línea, de no hacerlo, podrían ser sujetos a deportación, a menos que demuestren que el incumplimiento fue involuntario o justificado.

DIFUSIÓN POR GOBIERNOS A INMIGRANTES:

Un tema que desde mi punto de vista, deberían los gobiernos como es el caso de Guatemala, Honduras, El Salvador, México, Ecuador, Cuba, Haití, Venezuela entre otros, las cancillerías por medio de consulados y entidades vinculadas al tema migratorio en cada uno de los países, difundir a sus comunidades inmigrantes y familiares, la disposición vigente, por ser países expulsores de migrantes y dentro de los mayores grupos de personas inmigrantes que residen en forma ilegal en Estados Unidos para orientarlos.

El brindar la información debe ser parte de una responsabilidad moral de funcionarios vinculados al tema migratorio de orientar a la población inmigrante residente en EE. UU. y advertirles de consecuencias, no hacer las campañas informativas en medios escritos, radiales y televisivos, constituye una falta de interés hacia quienes sostienen la economía en sus respectivos países.

Por el tema económico, en el caso de Guatemala, puedo indicar la forma de obtener más de 30 millones de quetzales, para utilizarlos en ampliación de consulados, desarrollar mayor número de consulados móviles, contratación de asistencia legal o realizar campañas informativas en beneficio de inmigrantes, lo que puedo plantearle al canciller guatemalteco gustosamente.

REGISTRO OBLIGATORIO PARA INMIGRANTES EN SITUACIÓN ILEGAL EN EE. UU.

La actual administración Trump a través de USCIS, tiene el objetivo de crear un registro de las personas inmigrantes que se encuentran en forma ilegal en Estados Unidos, por lo que no dar cumplimiento a la disposición y no realicen el registro los inmigrantes  voluntariamente, serán objeto de multas o enjuiciamiento por autoridades.

Enfatizo que la disposición estipula que “Todos los extranjeros de 14 años o más, a los que no se le tomaron las huellas dactilares, ni se registraron al solicitar un visado estadounidense y que permanecen en Estados Unidos durante 30 días o más, deben inscribirse en el registro y someterse a la toma de huellas dactilares”.

La disposición también establece que: “Los padres y tutores deben asegurarse de que sus hijos menores de 14 años estén registrados, en un plazo de 30 días tras cumplir 14 años, el menor extranjero previamente inscrito debe solicitar una nueva inscripción y que se le tomen las huellas dactilares”.

Una vez que la persona se haya registrado y comparecido para la toma de huellas dactilares (salvo las excepciones contempladas por USCIS), el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) expedirá un comprobante de registro, que los inmigrantes mayores de 18 años deberán portar y conservar en todo momento, de no hacerlo, al ser detenidos por autoridades, pueden ser arrestados.

EXENTOS:

Están exentos de realizar el registro ante USCIS, los nativos americanos nacidos en Canadá (bajo la Sección 289 de la INA, miembros de la Tribu Kickapoo de Texas así como personas en procesos migratorios como residencia, Estatus de Protección Temporal TPS, DACA, asilo o Parole humanitario.

CONSULTA

Ante la falta de interés de orientar a inmigrantes por los gobiernos, recomiendo que los inmigrantes en situación ilegal residentes en Estados Unidos, puedan realizar consulta a organizaciones proinmigrantes estadounidenses, así como abogados migratorios en relación a la conveniencia de realizar el registro o no realizarlo y sus consecuencias, enfatiza Castro Molina.

 

 

Fernando Castro

Analista Migratorio guatemalteco. Vice Cónsul de Guatemala y Encargado del Despacho, en el Consulado ubicado en Comitán de Domínguez, Chiapas, México, desde 2018 al 2021. Director de Comunicación Social, Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, CONAMIGUA.

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