Las diferentes acciones que lleva a cabo la actual administración de Donald Trump, tiene contemplada la disposición que entrará en vigencia a partir  del 11 de abril del presente año en Estados Unidos, la cual ordena que todas las personas inmigrantes que residan en Estados Unidos o ingresen y su estadía sea por más de 30 días, deberán cumplir con un nuevo trámite obligatorio, según lo establece la orden ejecutiva 14159 firmada recientemente.

Se advierte de que las personas que no realicen el registro ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos USCIS, están en riesgo de ser deportadas, a la vez ser sancionadas con altas multas económicas e incluso poder ser detenidas, de acuerdo con las nuevas medidas.

QUÉ ES EL NUEVO REGISTRO OBLIGATORIO ESTABLECIDO PARA INMIGRANTES

Todo ciudadano extranjero mayor de 14 años que permanezca en Estados Unidos, por más de 30 días, según las nuevas reglas de regulaciones establecidas, que entra en vigencia el 11 de abril, deberá registrarse oficialmente ante USCIS.

La disposición establece que tanto las personas que ingresen a Estados Unidos a partir del 11 de abril, así como a las personas inmigrantes en situación ilegal que están en la Unión Americana, siendo parte de las acciones de endurecimiento de las políticas migratorias que se están llevando a cabo por parte de la administración Trump.

Las personas para dar cumplimiento a este nuevo trámite, deben seguir los siguientes pasos que se detallan a continuación:

  • Creación de una cuenta en línea en el portal de USCIS.
  • Llenar y enviar el Formulario G-325 R, conteniendo la información personal y de contacto.
  • A la vez asistir a una cita para la toma de fotografías, huellas dactilares y firma.
  • Verificación de carencia de antecedentes penales.
  • Obtener el Comprobante de Registro de Extranjero, obligatorio para todos los inmigrantes.

CONSECUENCIAS PARA INMIGRANTES QUE NO REALICEN EL REGISTRO OBLIGATORIO

Se advierte que el incumplimiento de este trámite obligatorio establecido a partir del 11 de abril del presente año, será considerado una falta grave, estableciendo según la nueva orden ejecutiva:

Aplicación de multas de hasta USD5,000.00

La persona inmigrante podrá ser detenida hasta 30 días mientras se verifica su situación migratoria.

Se procederá a su deportación inmediata, sin posibilidad de regularización.

LAS PERSONAS OBLIGADAS A REGISTRARSE Y LOS EXENTOS

Están en la obligación de realizar el registro de las personas inmigrantes en situación ilegal en Estados Unidos.

Personas extranjeras que permanezcan más de 30 días en EE. UU. sin procesos migratorios activos.

Las personas visitantes frecuentes que no tienen residencia como es el caso de los ciudadanos canadienses sin visado.

Personas exentas del registro obligatorio:

Quienes hayan completado el registro al ingresar a los Estados Unidos.

Personas con trámite migratorios activos:

Permiso de residencia (Green Card); Estatus de Protección Temporal TPS, DACA, Asilo o refugio, Parole humanitario.

PORTACIÓN OBLIGATORIA DE DOCUMENTOS

Otra disposición clave de esta medida es que todas las  personas inmigrantes deben portar un documento oficial en todo momento, que acredite su estatus migratorio dentro de Estados Unidos.

Las licencias de conducir u otras identificaciones locales ya no serán válidas como prueba de estatus migratorio.

EL NO PORTAR DOCUMENTOS DE IDENTIFICACIÓN, SERÁN SERIAS

Multa de hasta USD5,000.00. Detención temporal hasta 30 días para verificación.

Posibilidad de ser incluido en procesos de deportación.

NOTA:

Las personas inmigrantes deberán reportar cualquier cambio de dirección dentro de los 10 días posteriores a través del formulario en línea que podrán encontrar en la página oficial de USCIS.

Se advierte que, de no hacer el registro, le puede generar sanciones administrativas, afectar futuras solicitudes migratorias, obstaculizar el trámite de la regularización del estatus en los Estados Unidos.

Es lamentable que los gobiernos expulsores de migrantes, como son Guatemala, Honduras, El Salvador, México, Ecuador entre otros, no realicen campañas informativas en medios escritos, radiales y televisivos para informar a sus comunidades de inmigrantes residentes en Estados Unidos, sobre normativas que entran en vigencia, como parte de la asistencia y orientación que debería realizarse, como parte de acciones de protección, a poblaciones que sostienen la economía de los países.

Es hora de dejar de tenerlos en el abandono y generar información también en sus respectivos países por parte de instituciones vinculadas al tema migratorio, en el caso de Guatemala, a través de la Autoridad Migratoria Nacional, dirigida por la Vicepresidenta para exigir a los funcionarios realizar un trabajo más dinámico e informativo a más de 4 millones de inmigrantes residentes en Estados Unidos y a más de 6.5 millones de familiares que residen en Guatemala, es hora de realizar cambios profundos en las instituciones.

Fernando Castro

Analista Migratorio guatemalteco. Vice Cónsul de Guatemala y Encargado del Despacho, en el Consulado ubicado en Comitán de Domínguez, Chiapas, México, desde 2018 al 2021. Director de Comunicación Social, Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala, CONAMIGUA.

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