![Alcalde de Vamos Alcalde de Vamos](https://lahora.gt/wp-content/uploads/sites/5/2025/02/Alcalde-de-Vamos-.jpeg?w=696&h=0&crop=1)
Tras el colapso del puente en construcción en Chiché, Quiché que dejó decenas de heridos, el alcalde del municipio reaccionó desligándose de la responsabilidad, pese a que él contrató y dio autoridad municipal al supervisor de la obra.
Marcelo Efraín Cuin Aguilar del partido VAMOS, es el actual alcalde de Chiché, y la comuna que dirige es la unidad ejecutora responsable del proyecto de “Construcción puente vehicular río Rojo Cantón Tululche II Chiché, Quiché”.
Se trata de una promesa de campaña de Cuin Aguilar, quien ofreció conectar a las comunidades del sector con una estructura de 18 metros de largo.
Entre los trabajos a realizar del puente se contempla la construcción de una losa de concreto con un espesor de 20 centímetros (el piso del puente), su respectivo barandal, drenaje y relleno de material granular.
Es precisamente al momento del armado de la losa de concreto cuando la estructura se desmoronó. El proyecto, contó con las aprobaciones de las bases, del dictamen técnico, del estudio de factibilidad, así como del diseño del puente.
Cuando se lanzó el concurso de licitación a inicios de octubre 2024, surgió una sola oferta, la de la constructora Emanuel, propiedad del contratista individual Carlos Humberto Quezada Santos. Al ser la única oferta, logró la adjudicación por Q1 millón 499 mil 885.
DESIGNACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRAS
Por otro lado, como parte del proyecto, el alcalde Cuin Aguilar designó al supervisor de obras de la comuna para verificar la construcción del puente.
El supervisor, Edwin Eduardo González Gómez, un ingeniero civil de 40 años quien firmó un contrato para el 2024 con el fin de dar seguimiento a los proyectos de infraestructura de la comuna y del Consejo del Departamento de Desarrollo de Quiché. Para ese año, se definió pagarle por sus servicios de supervisión técnica Q 12 mil 500 mensuales.
Para el 2025 se realizó un nuevo contrato y se le aumentaron los honorarios, quedando un pago mensual por Q 14 mil 500. De acuerdo con los informes mensuales que González Gómez presentó al alcalde, realizó una sola visita al proyecto del puente.
Esta fue efectuada el 9 de enero del 2025. Su informe dice “Visita al proyecto denominado: Construcción puente vehicular río Rojo Cantón Tululché II, Chiché, Quiché, el cual se ejecuta con fondos del Consejo Departamental de Desarrollo”.
![informe del supervisor](https://lahora.gt/wp-content/uploads/sites/5/2025/02/WhatsApp-Image-2025-02-14-at-9.49.06-AM.jpeg?resize=602,1024)
El CONTRATO Y LA REACCIÓN DEL ALCALDE
El alcalde Cuin Aguilar, en su calidad de representante legal de la Municipalidad de Chiché, suscribió el contrato: 14-2024 con Quezada Santos de la constructora Emanuel.
En el documento se detalló que el financiamiento de la obra proviene, la mayor parte, del Codede de Quiché (Q1.3 millones) y el resto: Q199,885 por parte de la comuna en mención.
De acuerdo a lo consignado en el contrato, se fijaron 8 meses de duración para la ejecución del proyecto con fecha de finalización para el 14 de junio de 2025.
En la cláusula séptima se aborda el tema de Casos Fortuitos o Fuerza Mayor. “Los casos que ocurran considerados como fortuitos o de fuerza mayor que impidan el cumplimiento del contrato relevan a las partes de responsabilidad, debiendo producirse la comunicación escrita en la que se pruebe plenamente el hecho ocurrido. La Municipalidad deducirá responsabilidades de casos fortuitos a el contratista”, se lee en el documento.
En el inciso “j” de la cláusula octava de las “obligaciones del contratista” se indica que este “se obliga a incluir en la ejecución del proyecto u obra, las medidas de mitigación o reducción de riesgo a desastre, que se consignaron en la herramienta «Análisis de Gestión de Riesgo para Proyectos de Inversión Pública» (AGRIP).
Este aspecto fue resaltado por el alcalde en una conferencia de prensa transmitida en sus redes sociales, así como en un comunicado.
Sin embargo, no menciona que delegó en el supervisor la autoridad de carácter municipal para que el contratista acate todo lo que indique el supervisor.
En los incisos “b” y “c” de la cláusula octava sobre las “obligaciones del contratista” se puntualiza que este debe “aceptar la supervisión del proyecto por personal designado por la Municipalidad, quien tendrá carácter de autoridad ante el contratista”
Continúa indicando que el contratista debe “acatar instrucciones, indicaciones у recomendaciones que le formule por escrito el supervisor, quien tiene la obligación de rechazar los trabajos o la obra que no se ajusten a las especificaciones convenidas y ordenar la paralización de la misma cuando existan causas que justifiquen esas medidas, de lo contrario es responsabilidad directa del supervisor sobre las omisiones que pueda afectar directamente la calidad del proyecto citado”.
Según datos del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) la obra tenía un avance de 64.68%.
![Contrato con constructora Emanuel](https://lahora.gt/wp-content/uploads/sites/5/2025/02/Captura-de-pantalla-2025-02-14-103336.png?resize=1024,597)
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