![El abogado Dennis Billy Herrera Arita en una foto de archivo de La Hora de José Orozco correspondiente al 23 de noviembre de 2023. El abogado Dennis Billy Herrera Arita](https://lahora.gt/wp-content/uploads/sites/5/2025/02/Foto-de-archivo-La-Hora-del-fotografo-Jose-Orozco-correspondiente-al-23-noviembre-de-2023-.jpeg?w=696&h=0&crop=1)
Luego de haber sido retirado del conteo de votos que se realizaba como parte del proceso de elección de nueva junta directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) en las instalaciones del Club La Aurora (Club de Oficiales) en la zona 13 capitalina y de las consecuentes publicaciones hechas por La Hora tras el incidente en el que se vio involucrado el abogado Dennis Billy Herrera Arita, el pasado 7 de febrero, el profesional ha solicitado una refutación al respecto (Texto integro):
«De forma respetuosa me dirijo a ustedes, para hacer del conocimiento lo siguiente:
Es el caso que, en la emisión digital de noticias del diario La Hora y en redes sociales del referido medio se presentó y difundió a través de un video una noticia relacionada a un suceso ocurrido en la elección de nueva Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala en el que se expresan datos que no son ciertos. En el que se expresó: «…que el abogado Dennis Billy Herrera Arita fue expulsado en estado de ebriedad…».
Por lo que por el presente acto, presento mi formal queja y expreso estar en total disconformidad con el hecho que, se haya difundido una noticia a través del diario La Hora y en sus redes sociales, presentando una información que no acorde con lo que sucedió en la fecha 7 de febrero de 2025 en la sede del Club La Aurora ubicado en la zona número 14 de esta ciudad de Guatemala específicamente siendo aproximadamente entre las 22:30 y 23:00 horas específicamente en el salón: 30 de Junio del referido club, lugar en el que se realizaba el conteo de votos de las elecciones antes relacionadas y en la que fui vulnerado en mis derechos gremiales por las autoridades del CANG situación que denuncie ante el Ministerio Público proceso que se encuentra en investigación por abuso de autoridad, amenazas y coacción en mi contra, sin embargo esta la situación que fue publicado por este medio de forma errónea la información sin pruebas ni fundamente que: mi persona fue expulsada por estar en estado de ebriedad.
Esta información afecta a mi persona, siendo perjudicial para mi nombre, honorabilidad y ejercicio de mi trabajo, y familia toda vez que, dicha noticia informa al público en general una noticia sin fundamento, toda vez que, para que un medio realice una comunicación objetiva debe tener los medios de prueba o fuente y en este caso, debe obrar la prueba de alcoholemia, emitida por perito, por lo que se solicita que, se emita en el medio de comunicación al que me dirijo una nota aclaratoria y de rectificación de la información en la que se exprese que del incidente ocurrido en el evento de votaciones de nueva Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala existe una investigación en curso, y en relación a la información brindada que mi persona se encontraba en estado de ebriedad aclarar que no se cuenta con prueba pericial para afirmar tal comunicación.
Solicito se pueda realizar una rectificación en la noticia presentada en el medio de información, en la que se exprese de forma escrita en las redes sociales del diario La Hora que en la noticia presentada en fecha 7 de febrero de 2025 se expresó de forma errónea que mi persona se encontraba en estado de ebriedad, situación que no se puede comprobar puesto que no obra en poder los ustedes los medios probatorios que demuestren que mi estado era de ebriedad y que el hecho ocurrido se encuentra una investigación en curso.
Se expresa que, los medios de comunicación tienen la obligación de presentar información al público de forma objetiva, certera y fundada que garanticen el contraste necesario para el balance informativo; razón por la se debe de cumplir con el presupuesto de que la información que se difunda debe estar contrastada con pruebas, y en este caso debe ser con dictamen pericial, que sostenga el hecho que la persona se encuentra en estado de ebriedad, no como sucede en el presente caso que, se emiten simples especulaciones, pero que afectan el honor y fama de quien se ve afectado con las imágenes difundidas», indicó.
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