POR VIRGINIA CONTRERAS
vcontreras@lahora.com.gt

El ministro de Educación, Rubén Alfonso Ramírez, desmintió hoy en conferencia de prensa que las familias afectadas por el alud en El Cambray II, en Santa Catarina Pinula, serán desalojadas de la Escuela de Educación Primaria 810, que actualmente habitan, aduciendo que deberá tomarse una alternativa para que los menores puedan estudiar el próximo ciclo lectivo.

Luego de que ayer los afectados de El Cambray II, expresaran que serían desalojados del centro educativo en Santa Catarina Pinula, en el cual se encuentran albergados, tras supuestamente recibir amenazas en donde les indicaban que debían abandonar las instalaciones de la escuela antes del miércoles de esta semana, el titular de Educación negó el incidente.

De acuerdo con Ramírez, se envió una persona por parte del Ministerio de Educación (Mineduc) a supervisar el lugar y se llegó a la conclusión de que no se llevará a cabo dicho desalojo.

“Se mandó por parte del Mineduc a supervisar el área y las personas pueden estar seguras, ya que no hay ningún desalojo en ninguna escuela. Que quede bien claro”, explicó.

Al ser consultado sobre el lugar en el que recibirían clases los estudiantes el otro año, destacó que se deberá buscar una alternativa, “ya que los niños no pueden quedarse sin escolaridad el año entrante”, para lo cual aclaró que en los próximos días se estará trabajando en ese asunto.

En otro tema, hoy salió publicado en el Diario de Centro América el decreto 11-2015 que establece la extensión por treinta días más, del Estado de Calamidad Pública en el municipio de Santa Catarina Pinula y ratifica el decreto 6-2015, emitido por el presidente Alejandro Maldonado Aguirre.

Con fecha 20 de octubre el gobierno, en un decreto publicado también en el diario oficial, declaró Estado de Calamidad Pública en Santa Catarina Pinula, para atender a los afectados del deslizamiento en El Cambray II, ocurrido el pasado 1 de octubre y acelerar el proceso de construcción de viviendas.

El Ejecutivo señaló que esta situación tiene por objeto mitigar y evitar mayores consecuencias, así como permitir que en los lugares en que las circunstancias lo ameritan, se tomen acciones necesarias para evitar o reducir sus efectos.

De acuerdo con ese organismo, al resolver que se construyera, por la administración central, las viviendas y servicios públicos esenciales para los damnificados que se encuentran en albergues temporales, es necesario que las obras, bienes y servicios que habrán de contratarse, se hagan en el menor tiempo posible, para proceder a la construcción de las viviendas.

El mismo autoriza la compra y contratación de bienes, suministros, obras y servicios, así como las contrataciones para inversión, ejecución y supervisión de trabajos relacionados para la construcción por parte de la administración central del proyecto para los afectados, aplicando las excepciones que establece el decreto 57-92, Ley de Contrataciones del Estado

Artículo anteriorBuscan promocionar destino
Artículo siguienteAprueban exenciones para Clubes Rotarios