Jorge Santos

El Estado guatemalteco es lo más cercano a ese tipo de enfermedad mental que produce trastornos de la personalidad, en la medida que su accionar dista mucho de las normas que establece para su funcionamiento o aplicación. Bien reza el dicho popular que ‘Hecha la ley, hecha la trampa’, sin embargo, esta premisa se amplía y profundiza al observar el comportamiento de las instituciones públicas en el país.

Se conoce que Guatemala, producto de las grandes conquistas de la Revolución de 1944, cuenta con uno de los mejores códigos laborales en la región centroamericana, sin embargo somos uno de los países con las mayores tasas de impunidad laboral del planeta, con un Ministerio de Trabajo y Previsión Social incapaz de tutelar el derecho de la clase trabajadora. Es bien sabido que Guatemala es de los países que ha firmado y ratificado la mayor cantidad de instrumentos internacionales de derechos humanos, incorporándoles a su texto constitucional, sin embargo, es uno de los Estados que viola sistemática, masiva y flagrantemente los derechos fundamentales de la mayoría de la población.

Recientemente y como ejemplo, no sólo de esa doble forma de ver, entender y disponer sobre lo que debe de hacerse y lo que no, lo representan las resoluciones emitidas por la Corte de Constitucionalidad a favor de comunitarios que habitan los territorios donde se implementan proyectos mineros y del Centro de Acción Legal Ambiental y Social de Guatemala –CALAS- en donde por ilegalidades en el otorgamiento de licencias, dicha Corte ordena enmendar el procedimiento, declarando que dichas licencias no son válidas.

Frente a dichas resoluciones que suspenden las operaciones de las Minas El Escobal, Sechol y Niquegua Montufar, el Ministerio de Energía y Minas -MEM- emite un campo pagado en el que refiere respetar dichas resoluciones, sin embargo, manifiesta que en ningún caso se suspenden las operaciones mineras en la medida que la Corte no establece dicha obligación. Esta doble forma de actuar ha sido y es característica del Estado guatemalteco a lo largo del tiempo, en la medida que es capaz de violar sus propias leyes o bien desacatar órdenes judiciales o de la máxima instancia en materia constitucional, con el único fin de proteger y garantizar la propiedad privada, la inversión del gran capital o los privilegios de una pequeña, pero poderosa elite económica.

Dicho pronunciamiento del Ministerio de Energía y Minas es, a todas luces, una defensa de la ilegalidad e impunidad con la que hasta la fecha han actuado e implicaría una actuación distinta de los órganos de investigación y persecución penal contra el Ministro o cualquier otra autoridad que obligada a respetar y hacer cumplir una resolución judicial, desacata la misma y desafía de manera pública la ordenanza emitida.

En esta oportunidad, esperemos que la Corte de Constitucionalidad haga valer su resolución y traslade a donde corresponda el incumplimiento o desacato de la misma, con el objetivo de permitir que el Estado de Derecho y la legalidad estén por encima de gobernados, pero también de gobernantes.

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