El abogado Edgar Ortiz. Foto: La Hora / Archivo

El abogado constitucionalista Edgar Ortiz compartió una explicación sobre la discusión en torno a la aprobación para la dispensa del dictamen y declaración de urgencia nacional de la ampliación presupuestaria solicitada por la administración de Bernardo Arévalo.

El martes último, luego de cuatro horas, el Congreso de la República aprobó con 111 votos dicha ampliación, convirtiéndose en el Decreto 16-2024. Horas antes, los congresistas se encontraban interpelando al ministro de Gobernación, Francisco Jiménez, misma que fue pausada.

LA INTERPELACIÓN

Por medio de su cuenta oficial en X, Ortiz mencionó que durante la sesión plenaria el Congreso se encontraba interpelando al Ministro de Gobernación.

«A media interpelación, el diputado Contreras (CREO) presenta moción privilegiada para conocer la dispensa de dictamen y declaratoria de urgencia nacional de la iniciativa 6403», destacó Ortiz.

Según Ortiz, el fundamento de dicha decisión se basó en el precedente legislativo 2-2013, el cual se puede apreciar en su publicación.

INTERPELACIÓN PAUSADA

De esa manera, el abogado explica que el precedente 2-2013 permite que, con 2/3 de votos, se pause una interpelación para tratar temas urgentes de índole «económica o social», siempre que no sean de cumplimiento inmediato por mandato constitucional.

«Es una medida ‘excepcional’ para casos específicos», añadiendo en este caso, la moción del día. «Contreras buscaba usar ese precedente para avanzar con la iniciativa 6403», afirmó.

EL DEBATE

Ortiz destacó que surgió un debate sobre si esto contradice el Artículo 166 de la Constitución, que protege el derecho de los diputados a interpelar sin restricciones.

Ante esto, otros diputados señalaron precedentes donde la Corte ha interpretado estas situaciones, apoyándose específicamente en el fallo del Expediente 3016-2013 para argumentar que el proceder estaba en línea con jurisprudencia, destacó Ortiz.

«La CC en esa oportunidad afirmó que la aplicación del precedente es constitucional, ya que permite un equilibrio necesario entre la función legislativa y el derecho a la interpelación», agregó.

INTERPELACIÓN EN CONFLICTO

De acuerdo con lo explicado por Ortiz, la Corte argumenta que el precedente 2-2013 refleja cómo se puede manejar una situación donde los derechos de interpelación podrían entrar en conflicto con la necesidad urgente de actuar en otros asuntos legislativos de importancia nacional.

De esa manera Ortiz menciona que, se activa para asuntos que no cumplen plazos fatales establecidos por ley y permite que el Congreso aborde iniciativas de naturaleza económica, social o financiera.

«Está por verse si algunos diputados cuestionan esta forma de proceder cómo lo anunciaron. Y aunque la CC ya ha señalado un camino en decisiones previas, sabemos que la jurisprudencia en este país no es estable ni predecible», puntualizó Ortiz.

Yesica Peña
Periodista con el deber ético de convencer al ciudadano de que necesita informarse correctamente.
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