La Sala Segunda de Apelaciones declaró nulo todo lo actuado en el caso Comisiónes Paralelas 2020. Foto: Sergio Osegueda
La Sala Segunda de Apelaciones declaró nulo todo lo actuado en el caso Comisiónes Paralelas 2020. Foto: Sergio Osegueda

En 2020, la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) dio a conocer una supuesta estructura a lo interno de las comisiones de postulación que tenían a su cargo elegir a los magistrados de Cortes de Apelación y Corte Suprema de Justicia periodo 2019-2024, la cual supuestamente había hecho negociaciones ilícitas para así formar nóminas con candidato.

El hallazgo se dio, luego que las autoridades allanaran la habitación que ocupaba en un centro hospitalario de la zona 2 capitalina, el empresario Gustavo Alejos, a quien se le señaló de evasión, pues mientras estaba ligado a proceso y recluido en dicho centro, salía sin perjuicios y bajo la anuencia de los custodios del Sistema Penitenciario que tenían a cargo su cuido.

En la inspección, se ubicaron papeles que contenían nombres de candidatos, así también se registraron visitas de esos candidatos a Alejos, buscando supuestamente su influencia para así ser seleccionados en la nómina y posteriormente buscar que los diputados votaran por estos para integrar las cortes del país.

La investigación llevó a la detención de diversos implicados entre comisionados, dos ex rectores y la solicitud de 26 antejuicios entre magistrados de salas, CSJ y jueces, a quienes se les señalaba de una posible negociación ilícita.

DISPUTA DE LA CARPETA

Mientras el caso se discutía ante la exjuez de mayor riesgo D, Erika Aifan, uno de los señalados, Dennis Billy Herrera Arita, presentó una discrepancia, pero en lugar de presentarla ante la judicatura de Aifan, se entregó ante el juez tercero penal, Mynor Moto, quien para «conocer» los antecedentes del caso, se autodeclaró el juez competente para conocer la carpeta por lo que pidió tener el control del caso.

Esta situación, fue vista como una injerencia por parte del juzgador, por lo que al investigar, la FECI encontró que días antes de hacer dicha resolución, Herrera Arita había sostenido una reunión con Moto, con la finalidad de ponerse de acuerdo para retirar la carpeta de manos de Aifan.

Esto derivó, en una orden de captura girada por Aifan en contra de Moto, quien tiempo después perdió la inmunidad, pero dado que existía en ese instante otra orden de captura contra el juzgador por el caso Libramiento de Chimaltenango, Moto, aprovechando el permiso obtenido por la CSJ para ausentarse de sus labores para asumir como magistrado ante la CC, ya no regresó más como juez y permaneció prófugo por más de dos años.

EL CASO SE CAE

El tiempo transcurrió, Aifan salió del país y se realizaron cambios en la judicatura llegando a la misma, Juan José Jiménez, quien debía conocer la audiencia de etapa intermedia y decidir si los implicados debían enfrentar juicio, sin embargo, previo al inicio de la misma, Abraham Girón, defensor del exrector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Murphy Paiz, presentó dos peticiones:

1. La incompetencia del juzgador, al asegurar que el caso no había seguido el debido proceso para ser conocido en una judicatura de mayor riesgo.

2. Anular todo lo actuado dentro del caso por carecer de competencia

En dicha resolución, Jiménez argumentó, que al revisar el expediente, no encontró la solicitud que debía haber hecho FECI a la Cámara Penal, para que el caso fuera conocido por el juzgado a su cargo, por lo tanto, al no haber cumplido con ese requisito, la carpeta debía ser trasladada a un juzgado ordinario.

En cuanto a anular las actuaciones, el juzgador indicó que al declararse incompetente ya no podía resolver ese último extremo.

Tras la decisión de Jiménez, Girón interpuso una apelación, misma que fue conocida por la Sala Segunda de Apelaciones de Mayor Riesgo, que tras varios meses, fallaron a favor de estos. El resultado final, declarar nulo todo lo conocido hasta ahora.

El argumento utilizado por los magistrados fue, que al ser un caso conocido por un juez que no tenía la competencia para autorizar capturas, allanamientos y otras diligencias, dichas acciones no podían ser válidas.

CARPETA EN MANOS DE JUZGADO TERCERO

Con el fallo de la sala, la carpeta fue enviada a la Dirección de Gestión Penal del Organismo Judicial, para que así se asignara un juzgado que tuviese el control de la carpeta de investigación, nombrando así al Juzgado Duodécimo Penal.

No obstante, cuando el juzgado recibe la carpeta, se percibe que existe una causa anterior, pues la resolución emitida por Moto en el año 2020, cuando este afirmó ser el juez contralor del caso, sigue vigente, por tal motivo, el caso fue conexo y enviado a manos del Juzgado Tercero Penal.

Si bien es cierto, en aquel momento Moto solicitó el control de la carpeta, este fungía como juez A de la judicatura, pero tras su retorno, este ahora ocupa el cargo como juez B, por lo que no es quien conoce el caso sino Julio Vásquez Xol.

 

SIN IMPLICADOS, TODOS LIBRES

Con la anulación de todas las actuaciones, el caso vuelve a su punto de origen, por lo que ninguno de los implicados que fueron ligados a proceso, ahora tienen cargo en su contra, pues todas las decisiones fueron nulas, lo que significa que al no haber señalamiento alguno, todos gozan de plena libertad sin ninguna persecución final, hasta que el Ministerio Público presente nuevas peticiones para revivir el caso.

Por su parte defensores en el caso han señalado, que de presentarse nuevas acusaciones por parte del ente investigador, estos podrían accionar por una posible doble persecución.

Sergio Osegueda
Periodista con experiencia de 16 años. Apasionado por las tradiciones de nuestro país.
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