Este lunes 3 de junio, el Ministerio de Educación (Mineduc) publicó las normas que regirá el proceso de oposición para el reclutamiento y selección de docentes permanentes para los niveles de educación inicial, preprimaria, primaria y media.
Además, refirió la contratación de personal en áreas de trabajo técnico o técnico-administrativo, según el Acuerdo Ministerial 1685-2024.
Este proceso se ejecutará tomando como base los principios de objetividad, transparencia, probidad y simplicidad.

JUSTIFICACIÓN
En el Acuerdo Ministerial se justifica la creación de la normativa porque «los centros educativos públicos que forman parte del subsistema escolar del Sistema Educativo Nacional, necesitan personal contratado bajo el renglón 011 ‘Personal Permanente’ para que puedan desempeñar la función para la que fueron creados».
También se indicó que en abril de 2013 se estableció el reglamento que rige el proceso de selección para el nombramiento de personal docente en los referidos niveles de instituciones educativas públicas, en el cual se detalló que el Mineduc es el ente rector de dichas gestiones.
MÉRITOS Y CAPACIDAD
En el lanzamiento de la Estrategia de nivelación de los aprendizajes, la ministra de Educación, Anabella Giracca, señaló que una de las emergencias del sistema educativo les obliga a trabajar por el rescate de la institucionalidad de la cartera que dirige.
Dijo que esto implica la toma de decisiones transparentes, articuladas y no más arbitrarias, para así no sólo ordenar, sino que regresar al mérito, claridad, calidad y experiencia.
Indicó que en la línea de recuperar la institucionalidad y combatir el caos en el Mineduc, se cuenta con un nuevo banco de datos provisional para la contratación de docentes por méritos y capacidad.
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