POR MARIELA CASTAÑÓN
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Con argumentos como el cumplimiento de la Ley, de adoptar medidas de seguridad y procurar la salud, el Ministerio de Gobernación (Mingob) concedió a Roxana Baldetti, una de las lideresas de la estructura criminal de defraudación aduanera denominada La Línea y exvicepresidenta del país, una serie de privilegios. Aunque no es un secreto que el Mingob y el Sistema Penitenciario (SP) han privilegiado a reclusos poderosos o influyentes, este caso evidencia nuevamente las prebendas que el sistema es capaz de otorgar a los implicados en actos al margen de la Ley.
Baldetti fue detenida el pasado 21 de agosto y ese mismo día fue recluida en la base militar Matamoros ubicada en la zona 1. La reclusión de una mujer en ese lugar requería de un argumento legal y fue creado por el Mingob el Acuerdo Ministerial 484-2015.
“El Centro de Detención para Hombres y Mujeres de la zona 1, se destinará para el cumplimiento de penas de prisión para reclusos y reclusas, que se encuentren en prisión preventiva y que por su condición representen eminente riesgo de que se atente contra su vida e integridad personal o de otras circunstancias análogas determinadas por el Ministerio Público y Juez Competente”, indicó literalmente el Artículo 2 del referido Acuerdo.
El lunes 24 de agosto (tres días después de su arresto) fue publicada la disposición en el diario oficial, donde hacía referencia que hubo una modificación al Acuerdo Ministerial original 129-2010, pues antes en ese espacio el Mingob solo recluía hombres, en tanto, explicaba detalles de la entrada en vigencia de la misma.
“El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia inmediatamente y deberá publicarse en el Diario de Centro América”.
La creación del Acuerdo provocó cuestionamientos de diferentes sectores de la población. La respuesta de la titular de la Cartera del Interior, Eunice Mendizábal, se conoció únicamente a través de un comunicado, pues como es costumbre, la funcionaria evade a los medios de comunicación y no responde a los cuestionamientos que se le intentan plantear.
“La emisión del Acuerdo Ministerial 484-2015, se produjo luego de la orden de la judicatura correspondiente, dando con ello cumplimiento en lo que para el efecto regula la Constitución Política de la República, el Código Penal y la Ley del Régimen Penitenciario”.
Agregó: “Las características del lugar destinado para la reclusión de la referida señora, reúne las condiciones a las que se encuentran definidas para los centros de detención y sin ninguna otra consideración o aspecto que pudiera considerarse como privilegio”.
El 22 de agosto, un día después de la captura de Baldetti, en la cuenta de Twitter del presidente Otto Pérez Molina, fue publicada una imagen del funcionario con Mendizábal, donde argumentaba que estaba en una reunión de trabajo abordando el tema de la incidencia criminal. Los medios de comunicación no fueron convocados para esa actividad, no existe certeza sí ese fue el tema de discusión, pues la funcionaria no fue acompañada por las autoridades policiales como es costumbre cuando se discuten esos temas.
¿CARROS RENTADOS?
El traslado de Baldetti no fue en los vehículos del SP, sino en otros automotores que según ha trascendido fueron rentados por Presidios, la institución que constantemente enfrenta problemas presupuestarios. La duda persiste sobre ese tema porque Mendizábal no atiende a los periodistas y el viceministro de Seguridad, Elmer Sosa, tampoco ha negado ese cuestionamiento.
La única respuesta sobre las dudas fue a través del comunicado emitido por la Cartera del Interior: “Por los sentimientos que despierta la causa enderezada en contra de la referida señora, se estimó pertinente adoptar las medidas de traslado en vehículo especial para garantizar tanto su propia integridad –de Baldetti- como la seguridad perimetral y reducir con ello los niveles de riesgo derivados del perfil que posee”.
Mendizábal, a través del escrito refirió: “Efectuar la movilización en otro tipo de vehículo, no solo podría enardecer innecesariamente a la población, sino que se pondría en riesgo la integridad de las personas que le rodean, así como las personas que eventualmente quisieran tomar justicia con su propia mano”.
JUSTIFICA RIESGOS EN SALUD
La exvicepresidenta no utilizó grilletes como el resto de privados de libertad, por el contrario fue custodiada por decenas de guardias del SP y de la Policía Nacional Civil (PNC), al punto que eso originó conflictos entre periodistas y fuerzas de seguridad.
Los reporteros intentaron entrevistar a Baldetti y decenas de policías –que acataban órdenes superiores- no permitieron que se acercaran a la exfuncionaria.
En tanto, los argumentos del Mingob fueron que a la detenida recién le habían colocado un catéter y por eso era necesario evitar poner en riesgo su salud.
“No se le imponen grilletes, toda vez que por prescripción facultativa, bajo la supervisión de médicos del Inacif quienes colocaron en una de sus extremidades un catéter en el cual se le administran medicamentos, pues al colocarle los grilletes se pondría en riesgo su salud física, se le causaría un dolor innecesario y se vulnerarían sus derechos y garantías humanas”.
Otra justificación era que es responsabilidad del Mingob proveer los medios de seguridad para la población en general, incluyendo a las personas privadas de libertad.
PREBENDAS Y PRIVILEGIOS
La población guatemalteca, profesionales en temas de seguridad y la propia fiscal general del MP, Thelma Aldana cuestionaron las prebendas y privilegios otorgados a la exfuncionaria.
La ciudadanía a través de las redes sociales consideró que las acciones de la Ministra de Gobernación, reflejaron que había intención de beneficiar a la exvicepresidenta que debió ser tratada como una privada de libertad más.
En tanto Julio Rivera Clavería, exviceministro de Seguridad, calificó como incorrectas y arbitrarias las acciones del Mingob para intentar beneficiar a Baldetti.
“En el caso de la señora Baldetti lo que se hizo fue beneficiarla a través de ese Acuerdo, no fue ilegal porque lo hicieron como era, pero es incorrecto. Esas acciones son arbitrarias y lo que hay que hacer es cumplir con la Ley”, argumentó.
Rivera indicó que todos los ciudadanos son iguales dentro y fuera de las cárceles, por lo tanto se debe cumplir con la resolución del Juez de Mayor Riesgo B, Miguel Ángel Gálvez quien ordenó el traslado de Baldetti a Santa Teresa.
“Todos los guatemaltecos somos iguales, fuera y dentro de las prisiones, por lo tanto, ella debe cumplir su pena donde la Ley la estableció, en Santa Teresa”, dijo el entrevistado.
Por otro lado, Corinne Dedik, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), opinó que todas las personas son iguales ante la Ley, por lo tanto se deberían aplicar los mismos procedimientos y reglas para su traslado y estadía en las prisiones.
“La Ley es la misma para todas la personas y para todos se deberían aplicar los mismos procedimientos y reglas. Se deben respetar los procedimientos para todas las personas, lo único que justificaría una excepción es si el procedimiento es justificado por razones de seguridad, si corre un riesgo de vida o alta probabilidad de fuga”, indicó.
DEBE CAMBIAR DE CÁRCEL
El juez Gálvez decidió enviar a la prisión preventiva Santa Teresa a Baldetti y según se conoció este 2 de septiembre la funcionaria debe ser recluida en dicha cárcel.
Mario Cano, abogado defensor de Baldetti, interpuso una apelación parcial para impedir el cambio de prisión de su patrocinada. El recurso solicita que el traslado de Baldetti se posponga hasta que el fallo del juez quede firme en última instancia.
Uno de los argumentos de Cano para evitar Santa Teresa, fue que Baldetti por su calidad de exvicemandataria merecía otro trato, incluso, advirtió al juez Gálvez que lo que le sucediera a Baldetti sería su responsabilidad, sin embargo, es Presidios el responsable de la custodia y resguardo de los detenidos.
La Sala encargada de conocer la apelación será la Sala de Mayor Riesgo y Extinción de Dominio, conformada por la jueza Anabella Cardona Cámbara como presidenta; Mynor Antonio Oxom Paredes, como vocal primero, y Marvin Fradique Reyes Lee, como vocal segundo.
Exfuncionarias en Santa Teresa
Otras exfuncionarias fueron detenidas antes que Baldetti, entre ellas la exdirectora de la Policía Nacional Civil (PNC), Marlene Blanco Lapola y la expresidenta del Organismo Judicial (OJ) Beatriz Ofelia de León. Ninguna fue recluida en las bases militares pues la Cartera del Interior no había modificado ese acuerdo, sino hasta ahora.
Custodia de privados de libertad
Artículo 19. Sistema Penitenciario. El Sistema Penitenciario debe tender a la readaptación social y a la reeducación de los reclusos y cumplir en el tratamiento de los mismos, con las siguientes normas mínimas:
a. Deben ser tratados como seres humanos; no deben ser discriminados por motivo alguno, ni podrán infligírseles tratos crueles, torturas físicas, morales, psíquicas, coacciones o molestias, trabajos incompatibles con su estado físico, acciones denigrantes a su dignidad, o hacerles víctimas de exacciones, ni ser sometidos a experimentos científicos.
b. Deben cumplir las penas en los lugares destinados para el efecto. Los centros penales son de carácter civil y con el personal especializado.
c. Tienen derecho a comunicarse, cuando lo soliciten, con sus familiares, abogado defensor, asistente religioso o médico, y en su caso, con el representante diplomático o consular de su nacionalidad.
La infracción de cualquiera de las normas establecidas en este artículo, da derecho al detenido a reclamar del Estado la indemnización por los daños ocasionados y la Corte Suprema de Justicia ordenará su protección inmediata.
El Estado deberá crear y fomentar las condiciones para el exacto cumplimiento de lo preceptuado en este artículo.