Juan Francisco Reyes López
jfrlguate@yahoo.com

El deterioro político y social que ha producido el actual gobierno ha repercutido en varios aspectos; el primero de ellos propone reformar la Ley Electoral y de Partidos Políticos, de rango constitucional.

La motivación varía según quienes opinen al respecto; sin embargo, la mayoría de la ciudadanía que se manifiesta en la plaza de la Constitución semanalmente no está organizada y por consiguiente preparada para concretar específicamente cuáles son los artículos de forma y fondo que deben ser reformados en dicha ley, lo que permite que diferentes grupos, incluyendo al Tribunal Supremo Electoral, aprovechen el planteamiento de reforma y la coyuntura para hacer propuestas que específicamente les convenga.

Adelantándose a las comisiones o mesas que el Congreso creó para el efecto y a la misma Plataforma Nacional para la Reforma del Estado que ha propiciado la Universidad de San Carlos de Guatemala, acompañada de múltiples y diversos grupos sociales, el TSE presentó el 26 de junio, bajo el oficio número 084-2015, una iniciativa de ley que comprende 75 artículos, la que el mismo Tribunal Electoral, el día 30 de junio, bajo el oficio 86-2015, modificó en el texto del artículo 54, adicionándole dos párrafos al artículo 206  para contemplar que los ciudadanos pueden postularse exclusivamente en las corporaciones municipales del municipio en el que están empadronados y que los miembros del concejo municipal podrán ser reelectos por un período. También propone la modificación que es nula la elección del alcalde que recaiga en funcionarios o empleados públicos que ejerzan cargo en el municipio donde se postulan o que lo hubieran ejercido durante los tres meses previos a la convocatoria a la elección.

La primera interrogante que deben hacerse los ciudadanos o las organizaciones de la sociedad civil es cuántos han analizado cada uno de los artículos que el Tribunal Supremo Electoral propone reformar, casi seguro, ni siquiera uno en mil de los ciudadanos o una en diez de las diversas agrupaciones de la sociedad civil lo han hecho. Por tanto, debemos tener la precaución que no por mucho madrugar debemos dar nuestro apoyo y consentimiento a la propuesta del TSE.

De hecho, a medida que se analiza cada uno de los artículos que se pretende enmendar y/o adicionar, se encuentran cuatro grandes grupos. El primero, conformado por el mayor número de artículos, incluye la fiscalización, financiamiento y sanciones para los partidos políticos, a sus comités ejecutivos nacionales, departamentales y nacionales.

La mayoría de las propuestas de este grupo son viables, las reformas de hecho podrían efectuarse en uno o dos artículos en la ley que indicaran que la fiscalización y regulación del uso de los recursos que se le proporcionen a los partidos políticos estarán normadas y desarrolladas en disposiciones reglamentarias, lo cual permitiría que el Tribunal Supremo Electoral actualizara y modificara las reglas de fiscalización, el registro y demás aspectos de los recursos que se le entreguen de manera expedita a los partidos políticos por parte del Estado, de lo contrario, las disposiciones quedarían plasmadas en la ley y como todos sabemos, modificar una norma de rango constitucional versus un reglamento puede llevar años.
¡Guatemala es primero!
Continuará.

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