POR MANUEL RODRÍGUEZ
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Ante la actual crisis política que afecta al Estado en general, representantes de diferentes sectores de la sociedad discuten sobre la factibilidad de exigir al Tribunal Supremo Electoral que anule los comicios del 6 de septiembre y que el Congreso convoque a una Asamblea Nacional Constituyente, para promulgar una nueva Constitución Política que establezca reglas claras del funcionamiento del poder público se plasme un pacto político-social para la construcción de un nuevo Estado, pero también preocupa que los mismos partidos de la actualidad sean quienes conformen una eventual constituyente.

Desde la vigencia del texto constitucional en 1986, no se ha promovido ninguna convocatoria a una Asamblea Constituyente y se han realizado dos consultas populares convocadas para ratificar o rechazar los pliegos de reforma aprobados previamente por el Legislativo.

La primera Consulta Popular en enero de 1994, corolario del “Serranazo” del 25 de mayo de 1993, ratificó las reformas; la segunda realizada en mayo de 1999, consecuencia un tanto tardía de los Acuerdos de Paz firmados el 29 de diciembre de 1996, las rechazó y se fracasó en la pretensión de incorporar contenidos derivados de tales acuerdos, especialmente el de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.

De 1999 en adelante, no se han planteado formalmente reformas constitucionales y no porque no haya abundantes opiniones de partidos políticos, instituciones, organizaciones sociales y ciudadanos individuales acerca de modificaciones que serían convenientes sobre todo en la actual coyuntura nacional, sino porque para algunos expertos el procedimiento inhibe la formulación de propuestas formales.

En cambio para otros, la Carta Magna es susceptible de perfeccionarse y no debe considerarse como el equivalente de las tablas de Moisés talladas en piedra, sino como el pacto social básico de convivencia alcanzado por las fuerzas políticas y sociales en 1984 y 1985; pacto que debe adaptarse a nuevas circunstancias, sobre todo en ambiente de indignación y rechazo a la clase política como se observan hoy en día.

¿QUÉ ES UNA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE?

_Repo6_1cEn 1984, la población clamaba la creación de una nueva Constitución tras el golpe de Estado al ahora acusado de genocidio José Efraín Ríos Montt y ante el derrocamiento del general Romero Lucas García y tras las violaciones a los derechos humanos que surgieron durante el conflicto armado interno.

En esa época, cuando el país era gobernado por el general Oscar Mejía Víctores, la única petición que hacía la ciudadanía era regresar a un Estado de Derecho la cual fue apoyada por el militar, según recuerda el abogado constitucionalista, Carlos Molina Mencos.

En tanto, Gabriel Orellana, también constitucionalista y canciller en el gobierno del expresidente Alfonso Portillo, señala que ahora el Artículo 278 de la Constitución Política preceptúa que para reformar este o cualquier artículo de los contenidos en el Capítulo I del Título II de la Constitución, es indispensable que el Congreso, con el voto afirmativo de las dos terceras partes de sus integrantes, convoque a una Asamblea Nacional Constituyente.

Además, Orellana explica que las reformas no entrarán en vigencia sino hasta que sean ratificadas mediante una consulta popular y si el resultado de la consulta popular fuere de ratificación, las mismas entrarían en vigencia sesenta días después que el Tribunal Supremo Electoral anuncie el resultado de la consulta.

En ese sentido, el entrevistado indica que la Constituyente debe estar compuesta por 88 personas elegidas en elecciones y que en ningún caso podrán reformarse los Artículo 140, 141, 165 inciso g), 186 y 187, que se refieren a la forma republicana de gobierno, al principio de no reelección para el ejercicio de la Presidencia, ni restársele efectividad a los artículos que establecen la alternabilidad en el cargo.

“La ANC solo tiene como propósito dictar una nueva Constitución desde el Artículo 1 porque es como refundar el Estado. Pero está también la opción de modificarla en algunas de sus partes, pero solo con el consenso del Congreso después de que se apruebe con una consulta popular como ocurrió en 1999 y 1993. Lo que se espera de una Constituyente es que cambie el sistema totalmente porque podría, incluso, empezar a poner orden a lo interno de las bandas delincuenciales que hoy todos conocemos como partidos políticos y con eso ya vendría pactado todo lo demás perfectamente establecido a través del diálogo”, subraya el excanciller.

PDH: NO ES NECESARIA UNA CONSTITUYENTE

El pasado 26 de mayo, el presidente Otto Pérez Molina afirmó que como parte del compromiso del Gobierno para fortalecer el combate a la corrupción y las reformas a leyes del país, promovería junto con el presidente del Congreso, Luis Rabbé, una serie de mecanismos que agilicen las peticiones de los grupos de guatemaltecos que recientemente han salido a las calles a manifestar pacíficamente no solo para exigir la renuncia del mandatario, sino para demandar cambios al sistema estatal.

Esto luego de la crisis de corrupción en las esferas gubernamentales por el caso de defraudación aduanera denominado La Línea, el fraude a afiliados del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social con el aval de la Junta Directiva de esa entidad y el caso de la “fórmula mágica” en el lago de Amatitlán, que acabó siendo solo agua con sal, pero que costó Q22.8 millones del erario público.

Jorge Eduardo de León Duque, Procurador de los Derechos Humanos, opina que una propuesta que está fuera de lugar en este momento es convocar a una Asamblea Nacional Constituyente, porque el problema no es todo lo contenido en la Carta Magna, sino que partes de la misma que pueden ser corregidas con reformas parciales o bien, con reformas legales.

A pesar que el Magistrado de Conciencia reconoce la importancia de las manifestaciones de ciudadanos para empujar el proceso de cambio que se vive en Guatemala pues a su criterio sin esas protestas todo hubiera quedado en pactos políticos secretos y costosos para los guatemaltecos, insiste en cuanto a las reformas a la Constitución que está en contra, pues en su opinión es buena, es una de las mejores de América Latina, pero el problema es que no se ha cumplido ni desarrollado en su totalidad.

“Mientras no se cumpla y no se desarrolle, ¿por qué la vamos a cambiar? Por supuesto que hay algunas cosas que habría que ajustar y hacer unos pequeños cambios, pero con la deplorable clase política que tendría que hacer esas reformas, esto sería un riesgo totalmente terrible”, asegura el Defensor del Pueblo.

Con respecto a la posibilidad de suspender las elecciones de septiembre próximo para convocar a una ANC, el funcionario recalca que el principal problema es que la clase política tiene dentro de sus miembros, personas que hacen, fomentan y buscan enriquecerse con el erario público y en ese contexto es darle carta blanca al actual Congreso para que convoque, para lo que quiera, y sean los mismos partidos políticos actuales, con la misma composición de clase política y con la misma manera de elección, quienes decidan qué y cómo se harán los cambios.

Por lo tanto, el PDH aboga más bien para que el primer cambio sea la reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos que fomente un cambio en la forma de elección.

Asimismo, eliminar de tajo el monopolio participativo a estas agrupaciones; que las elecciones sean por cambios parciales en la integración del Congreso; decidir sobre tener un sistema con posesión de la curul para el diputado o al partido electo y aclarar el financiamiento de campaña, así como mejorar las sanciones que el Tribunal Supremo Electoral puede implementar.

“Es peligroso realizar una ANC con el sistema actual de partidos políticos, no habiendo cómo fiscalizar el financiamiento, es imposible saber qué intereses llegarían a la Asamblea. No podría exigirse a los partidos que postulen a virtuales constituyentes probos y ajenos a cualquier interés personal o sectorial; realmente cualquiera con dinero podría comprar una curul de constituyente aun cuando ese recurso económico tenga un origen inconfesable. Sin esa parte, la propuesta cae en las mismas manos sucias que han provocado la crisis”, dice el ombudsman.

PRISAS PARA LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES

_Repo6_1bLos acontecimientos de las últimas semanas hacen creer a algunos sectores que se ha tocado fondo, y que al menos lo que queda es levantarse y caminar hacia delante. Para otros, se debe aprovechar el momento político para hacer cambios sustanciales en el futuro del país.

Para Álvaro Pop, presidente del Organismo Indígena para la Planificación del Desarrollo -Naleb’-, con el inicio de una eventual discusión sobre las Reformas Constitucionales; también se establecerá un tiempo demasiado corto para abordar el análisis sobre la modificación de los artículos, y otra vez la prisa en detrimento de los intereses de la nación.

No obstante, enfatiza que de convocarse a una Constituyente, esta vez el análisis no debe ser hecho con ligereza puesto que no se trata de una ley ordinaria sino de la base de todo el entramado jurídico y político que rige el país y cuyos cambios para bien o para mal van a trascender por generaciones.

“En mi opinión, no es la Constitución la que “está mal” sino son los individuos que han buscado como jugarle la vuelta a las leyes. Entiendo que hay reformas en las que la urgencia radica en modificar en primer lugar, la Ley Electoral y de Partidos Políticos para entonces dirigirse a la Constitución, queda suficientemente claro que en primera instancia debe sanearse el sistema político pues de otra forma se estaría dejando en manos de ese “pervertido” y “prostituido” sistema el tema de reformas a la Constitución”, advierte.

Pop se atreve a sugerir que se debe simplificar el procedimiento de reforma contenido en los artículos 278 y 280, y hacer viable la adaptación gradual y progresiva del texto constitucional a las nuevas circunstancias; pues el artículo 278 requiere convocar una Asamblea Nacional Constituyente para reformar ese y cualquiera de los 44 artículos (3 al 46) del Capítulo I del Título II relativos al tema de Derechos Humanos; el segundo, establece que cualquier otra reforma constitucional deberá aprobarse por dos tercios del número de diputados y ser ratificada por una Consulta Popular.

El académico también propone que se trabaje en el consenso mínimo requerido para que la próxima legislatura conozca y apruebe la reforma del Artículo 280, para eliminar el requerimiento de Consulta Popular y sustituirlo por un procedimiento que establezca que cualquier reforma constitucional (excepto los artículos del 3 al 46, el 278 y los no reformables –Artículo 281: 140, 141, 165(g), 186 y 187) puedan reformarse con la aprobación de al menos dos tercios de los diputados de dos congresos consecutivos.

“De ser aprobada esta reforma en los primeros años de la próxima legislatura, a partir de allí, el Congreso podría conocer y aprobar con la mayoría requerida, las reformas que fueran consensuadas por las diferentes fuerzas políticas y sociales, reformas que para entrar en vigencia serían conocidas y aprobadas definitivamente por el Congreso que asuma funciones el 14 de enero de 2016”, agrega el representante de los pueblos indígenas.

Según el experto independiente del Foro Permanente de las Naciones Unidas, afirma que tal reforma establecería un procedimiento menos traumático que el actual, mantendría la posibilidad de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente prevista en el Artículo 278, reduciría el efecto distorsionante de conflictos políticos coyunturales, favorecería una amplia y serena discusión de la reforma por parte de los ciudadanos, minimizaría los costos presupuestarios para convocar y realizar consultas populares de ratificación y, lo más importante, daría certidumbre, libertad y confianza para producir un cambio constitucional tranquilo, gradual, altamente consensuado y sin sorpresas.

“Lastimosamente el Congreso lo que está haciendo es evitar la convocatoria de la ANC y la modificación de la fecha de las elecciones. Más bien los diputados están pensado en que las elecciones se deben realizar y con estos cambios la población va a quedar contenta. También temo que ciertos temas como el desarrollo rural integral indígena serán viables en una segunda oportunidad de reformas y eso es inaceptable. Es lamentable que todos los sectores estén relegando en sus propuestas a un tercer nivel el desarrollo indígena a pesar que es más de la mitad de población. Es peligroso que estén enviando ese mensaje de exclusión”, culmina el entrevistado.

COMPOSICIÓN EN 1984

Datos del Tribunal Supremo Electoral (TSE) dan cuenta que para las elecciones del 1 de julio de 1984, el 85% de los ciudadanos empadronados acudió a designar a los 88 miembros de la Asamblea Nacional Constituyente de diez partidos políticos, quienes fueron los responsables de crear la nueva Constitución Política de la República. Esa elección registra la participación más grande en la historia de Guatemala.

Las agrupaciones partidarias que participaron en dicha Asamblea fue el Movimiento de Liberación Nacional (MLN) con 23 escaños, la Unión del Centro Nacional (UCN) con 21, Democracia Cristiana Guatemalteca (DCG) con 20, el Partido Revolucionario (PR) con 10 diputados, Partido Nacional Renovador (PNR), el Partido Institucional Democrático (PID) con 5 escaños cada uno y Frente de Unidad Nacional, Partido de Unificación Anticomunistas, la Organización Rural de Acción Social y DCG-PNR con un escaño cada uno.

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