Víctor Ferrigno F.
En un marco de corrupción generalizada, el sistema de administración de justicia ha sido cooptado por el crimen organizado, los empresarios venales y los militares genocidas, quienes utilizan el litigio malicioso para criminalizar a decenas de defensores y defensoras de los DD.HH., del territorio y de los recursos naturales.
Sin descartarlas, la represión y la muerte ya no son las únicas armas para neutralizar o intimidar a las y los ciudadanos que defienden sus derechos; ahora, la criminalización es un arma igualmente efectiva, con la complicidad de los operadores de justicia.
El pasado lunes 5 de abril, el profesor Bernardo Caal Xol, líder maya q’eqchi’ y defensor de derechos humanos, volvió a ser víctima del litigio malicioso, al suspenderse la audiencia en la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia, porque el abogado Óscar Cordón Duque, de la empresa NETZONE S.A. presentó una recusación en contra de los magistrados de la citada Cámara.
En opinión del abogado Edgar Pérez, defensor de Caal, la suspensión evidencia “la criminalización que hay contra Bernardo Caal Xol”. “El día de hoy se iban a presentar los argumentos que evidencia cómo se ha manipulado el proceso penal en su contra, cómo se le quiere mantener en la cárcel. Porque no hay una sola prueba que evidencie que Bernardo Caal cometió los delitos que se le imputan”. A Caal se le acusa de haber detenido a los trabajadores de la hidroeléctrica Oxec, a pesar de que se demostró que no estuvo ni en el lugar ni a la hora del incidente. Sin embargo, se le condenó a siete años de cárcel; su crimen fue liderar la defensa del río Cahabón, exigiendo una consulta libre, informada y previa.
Según la Enciclopedia Jurídica (2020), “la malicia procesal (conducta maliciosa) consiste en la utilización del proceso como instrumento para causar perjuicio a un tercero; es una de las formas del dolo procesal y se contrapone a un deber de conducta; es el proceder de mala fe, con un propósito avieso disimulado en el trámite del proceso”.
El PDH (2019) define que “La criminalización consiste en el uso indebido del derecho penal, ya sea por actores estatales o no estatales, con el objetivo de controlar, castigar o impedir el ejercicio del derecho a defender los derechos humanos”.
Para colmo, Bernardo Caal no es la única víctima de la criminalización y el litigio malicioso; son decenas de líderes sociales que sufren esta modalidad de represión judicial, que los refunde en la cárcel, neutraliza su labor de defensores de los DD.HH. e intimida a familiares e integrantes de las comunidades en resistencia.
En Guatemala, los sujetos políticos que mediante litigios estratégicos defienden la tierra, el territorio, los recursos naturales y los DDH, lo hacen en condiciones de alto riesgo, ante aparatos de justicia que acusan rasgos de corrupción, ineficiencia, parcialidad, racismo, machismo, sexismo, conservadurismo, etc.
La organización criminal, sea política o común, encarna un poder paralelo al del Estado y constituye la principal amenaza para consolidar la institucionalidad democrática. Por ello se ejercen enormes presiones –económicas, políticas y militares- para frenar procesos de reforma judicial que permitan la plena vigencia de la ley, en el marco de auténticos regímenes de Derecho, que posibiliten el combate de la impunidad, la corrupción y la delincuencia.
Es urgente desplegar un movimiento ciudadano consciente que la consolidación de la paz, el desarrollo social sostenible y la gobernabilidad democrática pasan por una aplicación de la Justicia de manera pronta, cumplida, transparente y respetuosa de la diversidad cultural. Alcanzar este objetivo es una obligación del Estado, pero también constituye una responsabilidad de la sociedad en su conjunto.