Luis Fernando Bermejo Quiñónez

@BermejoGt

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Por: Lic. Luis Fernando Bermejo Quiñónez
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En mi columna pasada describía como el sistema de elección de diputados por “listados cerrados y bloqueados” en “distritos grandes” en el cual los partidos políticos designan y eligen los diputados por planillas ubicándolos en casillas numeradas en forma descendente ha resultado en que elijamos “clicas” de desconocidos que no tienen ninguna representación de sus votantes en los distritos.

Para reformar ese mecanismo perverso se describieron varias propuestas. Así se indicó que algunos han considerado que la vía de acercar al elector a los candidatos al Congreso es que estos sean electos por “distritos pequeños”, uninominales o bien de magnitud baja. Dada la redacción del artículo 157 de la Constitución “Cada uno de los Departamentos de la República, constituye un distrito electoral…” y que los diputados distritales se eligen por departamento, la CC en el expediente # 642-2018 ha dicho que no es posible formar sub-distritos. Por lo anterior, para lograr eso, o se reforma el artículo 157 referido o sea emprende una reforma profunda del régimen administrativo del Estado conforme al artículo 224 de la Constitución y crear más departamentos “más reducidos”. Ambas cosas de difícil consecución e implicaciones. Otros abogan por el mecanismo de elección por el sistema “listas cerradas y desbloqueadas” (los partidos definen listas pero el votante puede variar el “orden” del listado de acuerdo a preferencias), otros por el voto único transferible, otros por voto acumulativo (el elector tiene tantos votos escaños se eligen, pudiendo votar por miembros listados) y, en fin, mecanismos existen para ello impliquen o no una reforma constitucional.

Lo que quisiera enfocar en esta columna es que cualquiera que sea el mecanismo que se escoja repercutirá en otras áreas de nuestro sistema electoral. Así, por ejemplo, el sistema de creación de “distritos pequeños” siempre llevará el peligro del conocido “gerrymandering” es decir, la manipulación de los distritos electorales de acuerdo a intereses partidarios, si es que se quiere mantener la proporcionalidad poblacional en los distritos. También, establecer un sistema uninominal, o mayoritario, de distritos pequeños de un diputado, si bien funciona muy bien en EEUU y en el Reino Unido en donde existen pocos partidos y son institucionalizados, en Guatemala con tantos partidos y su poca institucionalidad y vida, pudiere ser contraproducente establecer un sistema parecido. Lo anterior porque pudiere llevar a una concentración de poder en los partidos grandes e incluso a menor representatividad ya que se ganarían elecciones con porcentajes mínimos. Por otro lado, se debe considerar que este sistema conduce al “bipartidismo” y va contrario a la dirección de nuestro sistema político multipartidista y “consensual” que busca la “representación de minorías”. Por otro lado, sea en distritos uninominales o en reducidos de baja magnitud, o en el sistema de listas cerradas y desbloqueadas, lo que debe también considerarse es que optar por estos sistemas implicaría necesariamente cambiar el modelo de fiscalización de las organizaciones políticas ya que siendo más “personalistas” deberá fiscalizarse no sólo al partido sino al candidato. ¿Tendrá el TSE esa capacidad actualmente?

Aparte de lo anterior, sería ingenuo creer que adoptando una u otra opción para elección de diputados, algo cambiará si no se reforma también la organización y gobierno de los partidos. Si, como ocurre actualmente, el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) puede designar a los candidatos a diputados donde no tiene organización partidaria, la “oferta” nunca cambiará, sino se escogerán los mismos zánganos de siempre. Para “democratizar” los partidos se debe eliminar tal potestad y permitir que los partidos únicamente puedan postular candidatos donde tengan organización partidaria para que estos “necesariamente” inviertan en expandir su estructura a más distritos y hacer una labor más real de afiliar gente por convicción y no “mantener” el número “mínimo” como ocurre actualmente. Sería necesaria también modificar el requerimiento a los partidos para mantenerse vigente de obtener el 5% de votos en las elecciones y, como contrapartida a esto, consignar un umbral para acceder al Congreso de un 5% (en Colombia es del 3%) para no fragmentar el Congreso. Esto abriría la posibilidad para que los partidos se vayan consolidando con el tiempo en otras partes del país. Debemos reducir las “barreras de entrada” a la competencia política pero velar que no exista sobrerrepresentación de intereses muy minoritarios en aras de la gobernabilidad. En fin, el debate sobre las reformas al sistema electoral debe ser holístico, porque una arista incide en las demás. Es importante tener eso en cuenta.

 

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