Walter Juárez Estrada
En la historia jurídica-política de Guatemala, nunca se había visto un desgaste y un retraso en la aplicación de la ley en la Corte de Constitucionalidad y en los tres poderes del estado. Es imperativo que las partes en conflicto desistan de sus ambiciones partidarias y que se proceda a la elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y Tribunales Colegiados. El pasado 13 de octubre, los altos jueces debieron ser sustituidos, pero una resolución sin mayores argumentos del ente constitucional ha permitido que haya magistrados de factos. Compete por ley al Congreso, cumplir con las resoluciones judiciales, en caso contrario, el desacato puede dar origen a que se abra proceso contra los violadores de la carta magna.
Que los diputados prolonguen por más tiempo la elección, da lugar a creer en el “pacto de corruptos” para favorecer a más de 3000 ex funcionarios, empresarios y políticos que guardan prisión. Una absolución, sería un crimen, cuando existen medios de prueba de que cooptaron los organismos del estado.
Ha todo ese jaleo que mantiene la Corte Suprema de Justicia, la Corte de Constitucionalidad, el organismo Legislativo y ahora se agrega el ejecutivo al conocerse que el Presidente Giammatei, tiene distanciamiento con el vicepresidente Castillo Reyes y su interés que sean desaforados 4 magistrados titulares de CC. el conflicto cobra una dimensión de pronóstico reservado, pues el jefe del ejecutivo no solo mantiene esa separación con su segundo, según fuentes confiables, pues pugna por la salida del Procurador de los Derechos Humanos Rodas, supuestamente por inmiscuirse en temas que no son de su competencia
El “auto amparo” de los magistrados constitucionalistas, ha sido cuestionado por profesionales conocedores en la materia, quienes violando la Ley de amparo y exhibición personal en los artículos 69 y l67, interpretaron de manera errónea dicha norma y devolvieron a la CSJ. las actuaciones en torno al antejuicio que fue declarado con lugar, porque aducen que los jueces que conocieron esas actuaciones no tenían facultad para juzgarlos, cuestión que deviene y causa duda porque “nadie es superior a la ley”… mucho menos a la carta magna como dan por hecho los magistrados constitucionalistas.
Es obligación del Ministerio Público, determinar si los magistrados de la CC. de los de la CSJ. y la Comisión permanente del Congreso, han cometido ilícitos y si se desprende en las investigaciones que hubo conflicto de intereses, actuar con apego a derecho y desempantanar la elección de los magistrados de las altas Cortes. El problema de fondo en este “arranca cebolla” que mantienen los 3 poderes del estado y el ente constitucional, da pie a pensar que los grupos involucrados pugnan por prolongar hasta abril, cuando se realice la elección de los magistrados constitucionalistas que han resuelto acciones, sin tomar en cuenta que la Constitución de la Republica, es la base de equilibrio de un gobierno republicano y democrático y si actúan políticamente, están violando la carta magna como aducen con o sin razón sus adversarios, cuando los fallos y los amparos les son adversos.