José Roberto Alejos Cámbara
GUATEMALA TIENE DERECHO A VIVIR SIN CORRUPCIÓN
Jimmy Morales, sigue de suerte. Conforme lo que aprobamos en la Constituyente en el artículo 241 la Contraloría General de Cuenta debe presentar al Congreso de la República, este treinta y uno de mayo el informe sobre la ejecución presupuestaria del año anterior, lo cual veo difícil de cumplir. No solo porque el equipo que dirige es nuevo, sino porque derivado de la crisis que atravesamos no se ha podido auditar como se debe, muchos equipos trabajan desde casa, o trabajan por turnos y en varios casos las oficinas de las unidades ejecutoras vacías y las delegaciones de la Contraloría se encuentran cerradas, siguiendo las instrucciones presidenciales. No están trabajando todos. Además, el Congreso de la República desde el 2003 dejó de cumplir con funciones relevantes como la de aprobar o improbar este informe; sin embargo, hoy dispone nuevamente asumir funciones de auditoría técnica que no tiene, con la creación de “Comisiones Presidenciales Especiales”, para fiscalizar en forma multipartidaria y coordinada la ejecución de los fondos que ellos mismos aprobaron mediante ampliación presupuestaria.
El artículo 31 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo enumera 33 comisiones ordinarias de trabajo, estableciendo además que para crear otras comisiones ordinarias de trabajo se requiere la voluntad de las dos terceras del total de diputados. Sin embargo, para lo que aquí nos ocupa, el artículo 32 nos dice que se podrá crear comisiones extraordinarias o especificas en la forma que acuerde hacerlo. También podrá encargar el conocimiento de algún asunto a dos o más comisiones simultanea o conjuntamente.
Quiere decir que la creación de Comisiones Extraordinarias o Especificas es potestad del Pleno del Congreso con mayoría simple, pero siempre sujetándose al criterio de representatividad y no a una comisión presidencial, integrada arbitrariamente solo por algunos bloques legislativos. A modo de sugerencia y no solo de criticar, seria sano que el presidente del Congreso se abstuviera de seguir creando estas comisiones, que quedaron desprestigiadas en la legislatura pasada, no solo por la forma de integrarlas, si no por el fin para el que fueron utilizadas. Los ejemplos más grotescos de ese mal uso han sido la comisión de investigación de la ex fiscal general, que de alguna manera afectó su candidatura; y, la comisión de la verdad para hacer públicos supuestos abusos cometidos por integrantes de la CICIG. El Congreso tiene facultades constitucionalmente establecidas que responden al sistema de frenos y contrapesos, pero debe hacerse con responsabilidad y dentro de la esfera de su competencia, sin colisionar con las funciones contraloras.
La Constitución Política de la República establece que la Controlaría General de Cuentas es una institución técnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas. Es decir que tiene el mandato, el equipo técnico, tiene fondos incluyendo los recientemente aprobados en ampliación y tiene los ojos de sociedad civil puestos en su trabajo. Así que, de regreso a sus puestos, todas las oficinas y delegaciones abiertas y a dar muestras de profesionalismo y honradez. En palabras del propio Contralor, “Guatemala Tiene Derecho a Vivir sin Corrupción”, eso es mucho más que un eslogan.