La fiscal general, María Consuelo Porras. El MP se pronunció tras conocerse los procesos administrativos. Foto La Hora

Por: Cristian Velix
cvelix@lahora.com.gt

El requisito de no tener denuncias para optar a los cargos convocados por el Ministerio Público (MP) el 15 de mayo pasado, no figura entre la normativa que indicó la fiscal general, Consuelo Porras, quien afirmó que los requisitos estaban establecidos en la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de la Carrera Profesional Fiscal del Ministerio Público.

Dicha disposiciones no detallan expresamente el requisito de “no tener denuncias en estado de investigación”, para optar a un cargo dentro de la entidad investigadora, una reglamentación que impediría que Juan Francisco Sandoval, jefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), ascienda a fiscal regional, y que también afectaría a la gran mayoría de personal de la FECI en caso deseen optar a esos puestos.

No obstante, sí establece algunos requisitos en el Artículo 28 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, el cual dice que: “Para ser fiscal regional, fiscal de distrito, fiscal de distrito adjunto, fiscal de sección y fiscal de sección adjunto, se requiere: poseer título de abogado y notario, ser guatemalteco de origen, y haber ejercido la profesión de abogado y notario por cinco años o en su caso, la de juez de primera instancia en el ramo penal o agente fiscal por cinco años”.

De igual forma el Reglamento de la Carrera Profesional Fiscal del Ministerio Público no determina que para optar a un cargo en el MP no se debe poseer denuncias en contra, pero indica que las bases del concurso serán elaboradas por la Unidad de Capacitación en coordinación de Dirección de Recursos Humanos del ente investigador.

Según la Fiscal General lo reglado en la Ley Orgánica es el presupuesto “importantísimo” que debe prevalecer sobre cualquier otra normativa, asimismo la jefa del MP aclaró que ella únicamente instruye a la Escuela de Capacitación para que haga la convocatoria.

“Muy importante resaltar la pertinencia de que si hay algo que contraviene a la norma legal y la norma reglamentaria es nula de pleno derecho. En ese sentido lo que va a prevalecer siempre va a ser lo que dice la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de la Carrera Profesional Fiscal”, explicó Porras, ayer, al ser consultada sobre los requisitos de convocatoria.

BASES DE POSTULACIÓN

Las bases publicadas el pasado 15 de mayo para optar a puestos en el MP indican que es necesario para aspirar a los mismos no se debe tener denuncias en contra, sin embargo, la portavoz de la institución, Julia Barrera, informó que las bases describen que este no será obstáculo para que participen.

En esa línea, Barrera agregó que el inciso cuarto de mencionadas bases se detalla que en caso el interesado tenga denuncias en su contra, deberá informar acerca del estado en el que se encuentra, acompañando la documentación de soporte y será el departamento de Desarrollo de Personal quien deberá determinar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

Dicho requisito afectaría al jefe de la FECI, quien aspira a una fiscalía regional, debido a que tiene en su contra 21 denuncias, cinco de ellas interpuestas por la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), entre ellas la que benefició con medidas cautelares a Sandra Torres.

Artículo anteriorAnalistas: Preocupa transformación de FECI a Fiscalía de Sección
Artículo siguienteDepartamento de Estado de EE.UU. envía nueva lista de corruptos