POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
jaguila@lahora.com.gt

Las magistradas Delia Dávila y María Eugenia Morales Aceña, quienes no estuvieron de acuerdo con admitir para trámite el antejuicio contra tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad, finalizaron su voto razonado y disidente y lo entregaron a la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

El antejuicio fue planteado por la Asociación Dignatarios de la Nación contra los magistrados de la CC, José Francisco de Matta Vela, Gloria Patricia Porras y Bonerge Amílcar Mejía.

Entre los argumentos de las magistradas está que la CSJ no tiene competencia para revisar las resoluciones emitidas por la CC por carecer de competencia para ello y que los magistrados no pueden ser perseguidos por las opiniones expresas en sus resoluciones en el ejercicio del cargo.

La magistrada Morales Aceña señaló que si se procede judicialmente en contra de los magistrados por sus resoluciones dictadas en el marco de sus funciones legal y constitucionalmente atribuidas, se perjudica la posibilidad de una tutela jurisdiccional efectiva, al que tiene derecho todo habitante de Guatemala.

En tanto la magistrada Dávila señaló que la denuncia en contra de los magistrados no se basa en una investigación previa ni seria y no se aportan elementos de razonabilidad que hagan viable una pesquisa por un supuesto hecho delictivo pues el hecho que denuncian es que los magistrados antejuiciados emitieron una resolución jurisdiccional.

Dávila indicó que la Constitución Política, en su artículo 265 establece que no hay ámbito que no sea susceptible de amparo, lo que implica que la protección constitucional no tiene límites.

RESOLUCIÓN
Según el vocero, la CSJ razonó que la CC se “excedió en cuanto a sus funciones, toda vez que a  consideración de los hechos y factores, el artículo 183, inciso O, de la Constitución permite al Ejecutivo conocer de política exterior y es competencia exclusivamente del Ejecutivo y no de la Corte de Constitucionalidad”, explicó.

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