Sandra Xinico Batz

sxinicobatz@gmail.com

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Sandra Xinico Batz
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El 30 de julio de 2018 el Ministerio de Economía puso a consulta pública el “Reglamento Técnico de Bioseguridad de Organismos Vivos Modificados para uso Agropecuario”, se establecieron 60 días a partir de la fecha de esta publicación para recibir comentarios. Lo único que se ha hecho público hasta hoy sobre este reglamento es esta “consulta” con el que se busca la aprobación en medio del desconocimiento y la desinformación que persiste alrededor de este nuevo atentado contra la soberanía y el patrimonio de los pueblos originarios.

En el 2014 fue la movilización y lucha de los pueblos los que lograron derogar la “Ley para la Protección de Obtenciones Vegetales” (Decreto 19-2014) o “Ley Monsanto” como se le conoció, debido a que la multinacional Monsanto es la que controla el mercado mundial de las semillas genéticamente modificadas. Con esta ley se promovía el registro de semillas para su supuesta protección lo que implicaba su análisis para conocer su composición genética y poder intervenirlas o “mejorarlas” o sea transformarlas genéticamente para convertirse en transgénicos que ya se ha comprobado en el mundo de sus efectos negativos para la salud de las personas que los consumen. Con esta ley se buscaba también que las nuevas modificaciones en semillas pudieran ser patentadas lo cual era un riesgo eminente de privatización ya que las semillas nativas registradas pasarían a ser propiedad de quien las registre como suyas con la excusa de que son una nueva variedad de determina especie vegetal que implicaría también permisos para el uso comercial de estas ya que de no poseer autorización se estaría cometiendo un delito penado con cárcel y/o con multas de miles de quetzales.

En agosto de 2014 (el mismo mes en que se dieron las movilizaciones en contra de la “Ley Monsanto”) se publicó en el Diario de Centroamérica la “Política Nacional de Bioseguridad de los Organismos Vivos Modificados 2013-2023” elaborado por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas -CONAP- cuyo reglamento es el que está en “consulta pública” en este momento. Dicho reglamento específica que el ámbito de aplicación de este “Aplica a organismos vivos modificados para uso agropecuario en actividades de transporte, movimiento transfronterizo, investigación, experimentación, manejo, desarrollo, producción y comercialización” lo que demuestra que el control no será únicamente sobre su uso, sino que prácticamente sobre todo lo que tenga ver con estas.

La forma en que el Estado ha respondido, desde que se desató la conflictividad por la aprobación de la “Ley Monsanto”, acerca del riesgo de privatización de las semillas nativas, ha sido muy superficial, indicando que las especies más emblemáticas del país pueden ser protegidas a través de su declaración de “Patrimonio Nacional” como ocurrió con el Maíz en el 2013 al ser declarado Patrimonio Cultural de la Nación, lo cual evidencia las intenciones del Estado en ceder un patrimonio que es de los pueblos originarios porque son quienes los han creado y mantenido hasta hoy, como resultado de su intelecto y de su relación con el entorno natural.

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