Luis Fernandez Molina

luisfer@ufm.edu

Estudios Arquitectura, Universidad de San Carlos. 1971 a 1973. Egresado Universidad Francisco Marroquín, como Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales (1979). Estudios de Maestría de Derecho Constitucional, Universidad Francisco Marroquín. Bufete Profesional Particular 1980 a la fecha. Magistrado Corte Suprema de Justicia 2004 a 2009, presidente de la Cámara de Amparos. Autor de Manual del Pequeño Contribuyente (1994), y Guía Legal del Empresario (2012) y, entre otros. Columnista del Diario La Hora, de 2001 a la fecha.

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Luis Fernández Molina

Para fin de mes (hoy) ya deben estar seleccionados los treinta funcionarios que habrán de desempeñar igual número de cargos en unidades que operan alrededor del Sistema Judicial. Funciones muy importantes que pueden catapultar o bloquear el buen orden de la administración de justicia pronta y cumplida. Los medios han informado al respecto, pero sin mayor repercusión ni reacción de una ciudadanía pasiva, que debe despertar ante los cruciales, medulares, elecciones que habrá el año próximo: de presidente, alcaldes, diputados e, importantísimo también, trece magistrados de la Corte Suprema y poco más de 130 magistrados de apelaciones.

La elección de ahora, a que hago referencia de primero, la realiza el Consejo de la Carrera Judicial. Este cuerpo está integrado por siete miembros, uno por cada estrato de la pirámide judicial: Jueces de Paz, Jueces de Instancia, Magistrados de Salas y Corte Suprema; se le adicionan tres elementos “externos”, un psicólogo, un experto en administración pública y otra en recursos humanos. Este cuerpo colegiado debe escoger a los treinta arriba indicados, dentro de un universo de 72 expedientes, para sendos períodos de cinco años.

Las seis unidades o módulos que se habrán de integrar son: 1) Escuela de Estudios Judiciales (director, uno de seis solicitantes); 2) Unidad de Evaluación y Desempeño (un director de cinco solicitudes); 3) Supervisión General de Tribunales (uno de dos); 4) Juntas de Disciplina Judicial, son tres “juntas” regionales, Guatemala, Chiquimula y Xela, nueve titulares y sus respectivos suplentes, dieciocho en total; 5) La Junta de Disciplina Judicial de Apelación, que conoce en apelación lo que “las juntas” resuelvan (tres titulares y suplentes, seis en total) y 6) La Secretaría Ejecutiva (uno de diez).

En una visión panorámica, lo bueno y lo malo, veamos: 1) Escuela: Una buena escuela terminará de formar juristas capacitados, ecuánimes, formales; pero una mala conducción servirá de primer filtro para determinar quién entra al OJ y, en su caso, irlos condicionando y adaptando a una estructura torcida. Para empezar a ser Jueces de Paz (primer paso) hay cerca de 1,400 aspirantes, solo 200 son aceptados. Primer filtro. 2) Evaluación: Una Unidad de Evaluación efectiva y objetiva irá mejorando constantemente el rendimiento de los jueces; una Unidad mal llevada irá premiando a jueces complacientes y castigando a los que mantienen su recta independencia. 3) Supervisión: Una supervisión objetiva garantizará la prestación del servicio judicial en forma correcta y sancionará a los jueces negativos; una supervisión tendenciosa irá “controlando” a determinados jueces y pasará por alto infracciones de jueces amigos. 4) Juntas: Estas juntas regionales (son tres) conocerán de las quejas y señalamientos contra jueces; si son ecuánimes juzgarán por igual a todos los togados; si no lo son, servirán de presión a los jueces “que se salen de la línea”. 5) La Junta: Conocerá acerca de lo que cada junta regional resuelva. Igualmente, deben ser íntegros, imparciales; de no serlo será una palanca para condicionar a algunos juzgadores. 6) Secretaría Ejecutiva: Es el brazo ejecutor de todas estas actividades.

Notas: No existe el reglamento (que lo debería) para el desarrollo de este proceso. Para las juntas regionales, que deberán ser integrados por dieciocho miembros, solo hay quince aspirantes (¿qué hacemos?). Una magistrada de la Corte Suprema es aspirante para la Junta; este es un hecho muy revelador del Sistema de Justicia, ya que un magistrado, de Corte o de Apelaciones, si no es reelecto (sobre todo en Sala), prácticamente queda en el aire. Esto puede ser un condicionante que en otra ocasión abordaré.

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