Recientemente el diputado Roberto Villate propuso la creación de una Comisión Legislativa que analice el tema de la prisión preventiva para reducir el hacinamiento en las prisiones del país. El diputado Luis Hernández Azmitia presentó otra iniciativa para discutir ese tema, mientras que la PDH, MP, y CICIG trabajan en un proyecto legislativo que aborda el asunto. El debate sobre la prisión preventiva ha cobrado interés en el país, en especial tomando en cuenta los casos de impacto en los cuales figuras de alto perfil se encuentran sujetos a esa medida.

POR REDACCIÓN LA HORA*
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Analistas y académicos consideran imperativo discutir sobre la prisión preventiva, entre otros elementos que necesitan reformarse dentro del sistema de justicia. Sin embargo, la mayoría de los entrevistados coinciden en el riesgo que se corre de que las propuestas se conviertan en herramientas para la impunidad, considerando que los actuales diputados tendrían la última palabra en alguna eventual modificación a la medida. Incluso el analista Oswaldo Samayoa, considera preferible esperar el proyecto en el cual trabajan la PDH, MP, y CICIG.

Oswaldo Samayoa, del Centro de Estudios de Guatemala (CEG), indicó que no se trata de una simple reforma al Código Procesal Penal o de los delitos, “el tema de la prisión preventiva trastoca una práctica fiscal y judicial de permanentemente estar enviando todos los delitos a prisión preventiva, lo cual no necesariamente debe ser valorado de esa manera”.

Las propuestas que están actualmente en el Congreso de la República tienden a generar impunidad, expresó el experto. “Hay que esperar una propuesta consensuada que ha anunciado la CICIG, en conjunto con el MP, Organismo Judicial y la Defensa Pública Penal que han estado trabajando para tener esa integralidad”, manifestó Samayoa.

Asimismo, indicó que hay una necesidad urgente en Guatemala de hacer dos reformas más. Primero una al catálogo de delitos, “no podemos seguir teniendo arresto para faltas, esto podía solucionarse con servicios a la comunidad, no podemos seguir conmutando a quien no tenga dinero y por ello deba seguir en prisión, eso es una vulneración a la garantía de libertad, pero esencialmente es el encarcelamiento de la persona que no tiene dinero”.

La segunda reforma que considera necesaria es buscar la relación armónica entre los beneficios penales y el régimen progresivo penitenciario, para que realmente se cumpla el fin de reinserción social, por ejemplo, las personas que continúen trabajando y estudiando, podrían ir recobrando progresivamente su libertad tal y como lo establece la Ley Penitenciaria.

ES UN AHORRO PARA EL ESTADO

Para Nineth Montenegro, diputada de Encuentro por Guatemala, es necesaria la discusión de este tema, debido a los costos que genera para el Estado la prisión preventiva.

“Hay que evaluarlo y no descartarlo porque hay personas que están en arresto domiciliario y eso es un ahorro para el Estado que no estará invirtiendo en comida, seguridad y medicina. Hay personas que están señaladas por delitos que pudieran recibir una medida sustitutiva. Las cárceles están hacinadas y son un problema para el país. El Sistema Penitenciario nunca fue un tema de importancia para las autoridades porque obviamente el que caía preso era el más pobre”, comentó.

“Se debe analizar mejor -por parte de juez- los casos en donde se debería dar una media sustitutiva para que no sea en casos de alto impacto”, recordó al hacer mención de evitar que beneficien a casos en los que sí podría generarse una obstaculización a la investigación penal.

“El Sistema Penitenciario y el Sistema de Justicia deben reformarse de la mano porque se debe agilizar los procesos en los tribunales”, añadió Montenegro.

LA PROPUESTA DE CICIG, MP Y PDH

En la entrevista titulada “Velásquez: la prisión preventiva merece un riguroso examen riguroso”, y publicada por La Hora hace unas semanas, el jefe de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, Iván Velásquez, expresó que la prisión preventiva requiere una amplia regulación en el país, que no se guíe por intereses personales.

Velásquez recordó, además, que el Ministerio Público, la Procuraduría de los Derechos Humanos, la OACNUDH y la CICIG apoyan en la elaboración de un proyecto de reforma integral que comprende tanto la figura de la detención preventiva y la libertad.

“Creemos que, con una revisión amplia, integral, de la privación de libertad y de la propia libertad en las diversas etapas, se puede adoptar un cuerpo normativo que respete como es debido los derechos de las personas”, dijo en esa entrevista el Comisionado.

Velásquez señaló que se está planteando en el proyecto, que exista detención preventiva intramural y extramural.

“Se podría pensar en un sistema donde sea posible que exista una detención preventiva intramural, carcelaria, y una detención preventiva extramural, domiciliaria, o inclusive que no se aplique ninguna de las dos especies de detención preventiva, sino que el proceso se tramite con el procesado en libertad desde el principio. También, que la pena impuesta en sentencia condenatoria pueda ser pagada en centro penitenciario, en su residencia o incluso en libertad bajo condiciones”, dijo en esa oportunidad el jefe de la CICIG.

CONGRESO IMPRESENTABLE PARA DISCUTIR ESE TEMA

Para el analista político Renzo Rosal, la discusión del tema de la prisión preventiva es importante y recalcó en la necesidad de impulsar reformas al Sistema de Justicia, sin embargo, advirtió de que los cambios recaen en el Congreso de la República.

“El tema como tal es importante discutirlo, es evidente que se necesitan reformas. Ahora bien, por lo que ocurrió en 2015 -casos de corrupción- que hay una cantidad elevada de personas, por todo eso hay personas y sectores que quieren aprovechar esa discusión para convertir la iniciativa en un instrumento de corrupción. Se quieren colgar de un tema, que es importante, para sacar beneficio. Ese es el caso de Luis Hernández Azmitia y Roberto Villate, quienes podrían buscar el arresto domiciliario por posibles casos en donde se le vinculen. El Congreso es impresentable para discutir ese tema”, puntualizó.

ACEÑA: MUCHAS PERSONAS EN PRISIÓN PREVENTIVA

De acuerdo con María del Carmen Aceña, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), el debido proceso no se está respetando en el país e hizo énfasis en que muchas de las personas detenidas preventivamente no han sido aún juzgadas.

“El problema es que se tiene a muchas personas en prisión preventiva que no tienen juicio, es más de la mitad de la población que guardan prisión”, señala Aceña.

Según la analista, desde el CIEN se está trabajando en un estudio específico del privado de libertad y del delito por el cual guarda prisión y a partir de allí proponer una estrategia. “La más fácil y la que hemos encontrado es el uso de un brazalete electrónico, que con eso estimamos que alrededor de unas 1,500 personas estarían prácticamente fuera del centro penitenciario en donde se encuentran”.

“Es una decisión de voluntad política. Lejos de hacer más leyes es cuestión de que se pongan a nivel operativo, el OJ, el Ministerio de Gobernación y el MP para analizar la situación e ir tomando acciones. Si se siguen haciendo leyes y mientras las personas entiendan las leyes van a pasar años sin resolver nada”, afirmó.

Además, agregó medidas como un brazalete u otras estrategias no generarían impunidad, ya que el sistema establece que nadie es culpable hasta que no se demuestre lo contrario, “lo que nos debe dejar de lección es que la justicia debe ser pronta y cumplida, actualmente no se está dando, realmente no se están llevando los procesos”, manifestó.

Por último, mencionó que “nadie quiere impunidad, todo lo contrario, hemos avanzado mucho en tener los casos, pero estos no están cerrados”.

*Para este reportaje colaboraron los periodistas Eder Juárez y Sonny Figueroa.

¿QUÉ ES LA PRISIÓN PREVENTIVA?

“La prisión preventiva es el período de privación de libertad, ordenada por una autoridad judicial, anterior a una sentencia firme. Los estándares internacionales de derechos humanos respecto a la prisión preventiva parten de los derechos fundamentales a la libertad personal, 1 que implica que nadie podrá ser arbitrariamente detenido o preso, así como del derecho a la presunción de inocencia, 2 que significa que el acusado debe ser considerado inocente mientras no se determine su responsabilidad penal mediante un proceso penal y una sentencia firme.

Los estándares internacionales afirman que la prisión preventiva debe ser la excepción y no la regla general, 3 y debe utilizarse como último recurso cuando las medidas de no privación no sean factibles”, define en el informe “La aplicación de la prisión preventiva en Guatemala: un problema de Derechos Humanos”, presentado en 2017 por la PDH y Naciones Unidas.

En Guatemala, la prisión preventiva se encuentra regulada por el Código Procesal Penal.


LAS PROPUESTAS DESDE EL CONGRESO

PRESENTADA POR ROBERTO VILLATE

La propuesta del diputado Villate, exintegrante del cancelado partido Lider, es la creación de una Comisión que realice un “estudio jurídico, de derecho comparado, estadístico y de viabilidad legal, para determinar fehacientemente la continuidad del hacinamiento preventivo o de cumplimiento de condenas, en las condiciones actuales o recomendar al pleno del Congreso las reformas pertinentes”.

PLANTEAMIENTO DE LUIS HERNÁNDEZ AZMITIA

El diputado Luis Hernández Azmitia presentó una iniciativa de ley que pretende acabar con la prisión preventiva para las personas que hayan cumplido un año en la cárcel de forma provisional.

“Existe un hacinamiento en el Sistema Penitenciario. De la población privada de libertad, el 55 por ciento es por una prisión preventiva, eso nos debe preocupar porque el promedio de estas personas es de 2.5 años –estar en prisión preventiva– y eso afecta el bolsillo de los guatemaltecos en Q230 millones por la alimentación de los privados de libertad al año. También se viola los derechos humanos. En el último informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hace ver que se está violando los derechos a privados de libertad”, dijo Hernández Azmitia.

Este beneficio, según el diputado, no aplicaría para las personas señaladas por los delitos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, tortura, extorsión, plagio o secuestro, asesinato, homicidio doloso, femicidio, parricidio, violación agravada, violación calificada, violación a menores de doce años, robo agravado, tenencia o portación de arma de fuego con número alterado, pornografía infantil en todas sus formas, trata de personas en todas sus formas, delitos contra los deberes de la humanidad y los que ya contempla el Código Penal. Sí aplicaría a favor de involucrados en casos de corrupción.

Hasta el 27 de junio de 2018, la Dirección General del Sistema Penitenciario, registraba 24 mil 116 privados de libertad recluidos en los centros carcelarios bajo su responsabilidad. Del total, 12 mil 508 se encuentran de forma preventiva.

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