Juan Antonio Mazariegos G.

Suelo sostener que la ley no falla, sino fallan los hombres que no la aplican o no la observan, entendiendo que muchas veces los errores o defectos que se achacan a “malas leyes” provienen de aquellos que la tergiversan, inobservan o simplemente si se trata de autoridades, no ejercen el poder del Estado para lograr su efectivo cumplimiento.

Sin duda, mi aseveración no puede ser constante ni acertada para todos los casos, tal y como queda demostrado en la Ley de Comisiones de Postulación, decreto 19-2009 del Congreso de la República, cuando ésta hace aguas por todos lados y en el único tema en el que amalgama opiniones es en cuanto a que debe ser derogada a efecto de encontrar un mecanismo distinto para elegir a las autoridades que bajo su vigencia actualmente son electas.

Basta con dar un vistazo a las noticias de esta semana para encontrar un sinfín de posiciones, argumentos, incumplimientos, denuncias o señalamientos atribuidos a la implementación de la ley en la reciente elección de CSJ y manifestadas muchas dentro de la vista pública que se llevó a cabo en la Corte de Constitucionalidad el pasado día miércoles, dentro del amparo que ordenó la suspensión de la toma de posesión de los nuevos Magistrados electos para integrar la Corte Suprema de Justicia y las Salas de Apelaciones.

Sin duda la intención de quienes promovieron y promulgaron la ley en cuestión era que la academia, a través de las distintas Facultades de Derecho que funcionan en el País y las entidades gremiales, en este caso representadas por el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala hicieran de filtro y contrapeso a la elección final que llevada al Congreso de la República no podría anticiparse de ninguna otra manera que no fuera con un tinte político.

El resultado sin embargo no fue el esperado, resultó que la academia y las instituciones gremiales no solo no fueron un contrapeso a la política, sino además la política copó el Colegio de Abogados transformando las elecciones del mismo en eventos tan grandes como los intereses que los promueven y la academia se vio vulnerada cuando se inició la creación de Facultades de Derecho con el único propósito de poder participar como Comisionado en estos procesos.

En el escenario que vaticino, los argumentos vertidos durante la vista pública en mención no detendrán el resultado ya establecido, entiendo que el de mayor contundencia, la inobservancia del debido proceso atribuida al Congreso de la República, en el incumplimiento de los plazos, manifestado por Cedecon, es el único con fuerza suficiente para hacerlo, sobre todo porque la CC ya se manifestó en cuanto a varios de los otros en distintos amparos previos. Sin embargo, también entiendo que la institucionalidad y la vigencia de la Ley de Comisiones, aunque no nos guste como haya sido implementada, es la ley y el único remedio para su cambio es una reforma constitucional que acabe con esta ley fallida.

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