POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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Actualmente el General de Brigada, Erick Fernando Melgar Padilla, no desempeña la función de vocal militar en ninguna Sala de la Corte de Apelaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y, por lo tanto, tampoco tiene relación alguna con el Organismo Judicial (OJ), según consta en documentos que envió la CSJ a la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público (MP).
Juan Francisco Sandoval, jefe de la FECI, indicó que solicitaron información a la CSJ para demostrar que Melgar Padilla no ostenta cargo alguno en el OJ. A raíz de ello, la Corte remitió dos acuerdos gubernativos de la Presidencia de la República.
El primero es el acuerdo gubernativo número 4 del 12 de abril de 2016. En este el Presidente de la República nombró a Melgar Padilla como vocal primero propietario de la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Antigua Guatemala. Sin embargo, posteriormente, mediante Acuerdo Gubernativo Número 5, del 23 de junio de 2017, la Presidencia sustituyó a Melgar Padilla como vocal de dicha Sala y en su lugar nombró al Mayor de Policía Militar, Héctor Rolando Calderón Barrientos.
En virtud de lo anterior, la CSJ informó a la Fiscalía que, tras verificar el sistema electrónico de recursos humanos, Melgar Padilla no tiene ninguna relación con la CSJ y OJ.
TRIBUNAL ES AJENO AL OJ
La defensa de Melgar Padilla alega que él, actualmente, es presidente de un Tribunal Militar y aseguran que esta circunstancia lo inviste de inmunidad.
Durante una audiencia, la jueza Claudette Domínguez, titular del Juzgado de Mayor Riesgo “A”, le dio la razón a la defensa y, en consecuencia, revocó la orden de captura contra el militar.
No obstante, la CSJ aclaró que los tribunales militares no son parte del OJ.
En la audiencia la Fiscalía también expuso que únicamente la Constitución Política de la República puede decir qué cargos gozan de inmunidad y en ningún apartado de ésta se incluye a quienes integran los tribunales militares, puesto que estos están bajo el control del Ministerio de la Defensa y no del OJ.
La FECI criticó la resolución de la jueza y le hizo ver que desde 1996, cuando se emitió el decreto 41-96, se suprimió la facultad de los Tribunales Militares de conocer delitos comunes. Por esta razón, actualmente ninguno de los militares que integran dichos tribunales tiene la calidad de “juez”, dijo el fiscal Sandoval.
CICIG Y MP RECUSAN
Hoy el MP y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) presentaron una recusación contra la jueza Claudette Domínguez con la cual buscan que se separe de conocer el caso por dudar de su imparcialidad. Una tercera recusación la presentó la querellante adhesiva, Rica Gloria Melgar Gramajo.
La jueza dio un plazo de dos días a los sujetos involucrados en el proceso para que se pronuncien en relación a las recusaciones planteadas.