POR JOSÉ DEL ÁGUILA
jaguila@lahora.com.gt
En un sistema de justicia eficiente, un proceso penal no debería durar más de un año, sin embargo, en Guatemala puede transcurrir una década sin que se conozca la sentencia final de un caso, o incluso más. En un estudio reciente, Human Rights Watch señala una causa fundamental por la cual se retrasan los procesos, y es que los principales responsables de retrasar la justicia, es decir jueces, magistrados y abogados, no están enfrentando consecuencias por ello.
En su informe titulado “Carrera contra el tiempo”, Human Rights Watch (HRW), una organización no gubernamental que se identifica como defensora de los derechos humanos, se propuso investigar las razones por las que en Guatemala los procesos penales son tan engorrosos y duran varios años hasta que se resuelvan, en definitiva.
En su estudio HRW concluyó que existen siete causas por las que se puede entorpecer el curso de los procesos penales, cinco de ellas las achacó al mal actuar de los jueces y solo una a los abogados defensores (ver recuadro 1).
Ahora bien, la séptima causa del retraso se debe, según la organización, a que ni jueces ni abogados rinden cuentas por las demoras que provocan en el sistema de justicia. La Hora entrevistó al presidente de la Junta de Disciplina Judicial, Gabriel García Luna, al presidente del Colegio de Abogados Notarios de Guatemala (CANG), Luis Fernando Ruiz, y a sectores de la sociedad civil especializados en justicia para que explicaran por qué al sistema le resulta tan complicado sancionar a quienes provocan retardos en el sistema de justicia.
DENUNCIAS POR RETRASOS LOGRAN SER JUSTIFICADAS
La Junta de Disciplina Judicial es un órgano del cual se auxilia el Organismo Judicial (OJ), para sancionar aquellos jueces que incurran en faltas disciplinarias.
Según estadísticas recopiladas por HRW, el año pasado se presentaron 111 denuncias en la Junta de Disciplina Judicial contra jueces por provocar demoras injustificadas. No obstante, cien de estas fueron desestimadas y solo en tres casos se emitió una falta disciplinaria por parte de los togados.
Es decir, la cantidad de sanciones que decreta la Junta de Disciplina Judicial contra jueces por retardos en la tramitación de procesos penales es, prácticamente, nula. Al percatarse de esto, HRW lanza dos posibles conclusiones. La primera es que la Junta de Disciplina Judicial no esté cumpliendo con su responsabilidad de sancionar a los jueces responsables de entorpecer los procedimientos.
“Esta conclusión es avalada por el amplio consenso detectado por Human Rights Watch entre abogados y funcionarios judiciales (incluido el Presidente de la Corte de Constitucionalidad), acerca de que tales demoras injustificables son algo habitual”, dice el estudio.
La segunda posible conclusión es que la Junta de Disciplina Judicial sí esté actuando correctamente al determinar que los jueces tenían razones justificables, es decir ajenas a su voluntad, para no cumplir con los plazos establecidos en la ley en la tramitación de un procedimiento penal.
“Una de esas justificaciones, que plantearon diversos jueces entrevistados por Human Rights Watch, es que se les asigna un volumen de casos excesivo, y esto no les permite cumplir todos los plazos”, establece el informe.
Al ser consultado al respecto, el presidente de la Junta de Disciplina Judicial, Gabriel García Luna, menciona que, del total de denuncias que se presentan por retrasos injustificados, existe “un porcentaje considerable” en las cuales el juez o magistrado logra justificar el retraso en la tramitación del proceso penal.
García Luna resalta, además, que la Junta de Disciplina Judicial únicamente se dedica a juzgar las faltas que le son denunciadas, pero la función de investigar le corresponde exclusivamente a la Supervisión General de Tribunales.
“Lastimosamente, por muchos años ha habido un desconocimiento general respecto a funciones de la Junta de Disciplina Judicial. La investigación únicamente la puede hacer la Supervisión General de Tribunales; la Junta de Disciplina únicamente juzga”, advierte.
En tal sentido, el Presidente de la Junta asegura que la cantidad de denuncias que ingresan anualmente contra operadores de justicia por retrasos injustificados en los procesos penales no constituyen un gran porcentaje en relación con la totalidad de faltas que se denuncian en dicho órgano. Y, por si fuera poco, las pocas que presenta la Supervisión por retrasos en su mayoría logran ser justificadas por el juez o magistrado.
“Las denuncias puntuales -contra jueces por retrasos injustificados- no es un gran porcentaje de las faltas que se denuncian, la cantidad no es la mayoría. Y las que investiga la Supervisión de Tribunales, en muchas ocasiones, el juez o magistrado logra justificar por qué no se ha cumplido con alguno de los plazos”, comenta García Luna.
El Presidente también recuerda que muchas veces el régimen disciplinario es utilizado por personas involucradas en procesos penales que no obtuvieron resoluciones favorables y que buscan presionar al juez.
“El problema que existe es que muchas veces se trata de denunciar a jueces por no conseguir o no obtener resoluciones que me favorecen y tratando que de alguna forma u otra se logre obtener un fallo a favor”, dijo.
Según estadísticas del Organismo Judicial, este año se han presentado 699 denuncias contra jueces o magistrados, pero, hasta la fecha, solo 72 han sido admitidas para su trámite y únicamente se han declarado con lugar14 denuncias. De estas 14, solo 6 fueron por retrasos injustificados en el trámite de procesos penales (ver recuadro 2).
“SE ESTÁ MAGNIFICANDO EL PROBLEMA”
HRW advierte que a los abogados defensores les resulta fácil entorpecer los procesos penales a través de la interposición de recursos y amparos frívolos porque no existen “sanciones efectivas” que los disuadan para no hacerlo.
“Si bien la Corte de Constitucionalidad impone multas a los abogados que presentan acciones de amparo infundadas, éstas no pueden superar los 1,000 quetzales (US$ 135), una cantidad extremadamente modesta para disuadir abogados que representan a clientes acaudalados, y por lo general no se pagan (actualmente más de 3,000 abogados tienen multas impagas)”, señala el informe Carrera contra el Tiempo
No obstante, Luis Fernando Ruiz, presidente del CANG, no está de acuerdo con que el litigio malicioso sea visto como una práctica “usual” por parte de abogados defensores en Guatemala y asegura que dicho problema se está “magnificando”.
Según el Presidente del CANG, sí existen abogados que presentan recursos o amparos frívolos con el único fin de provocar retrasos en los procedimientos penales, pero se trata de casos “aislados” y no de la regla general.
Ruiz es de la idea de que muchos abogados en Guatemala, por ejercer su derecho de presentar impugnaciones contra resoluciones judiciales, han sido tachados de practicar el litigio malicioso, pero asegura que todas estas acciones se encuentran contempladas en la ley y que, en todo caso, el Ministerio Público también impugna resoluciones judiciales cuando éstas le son adversas.
Asimismo, dice que el Tribunal de Honor del CANG sí ha sancionado a abogados por litigar procurando retrasar el proceso, pero asegura que la cantidad de este tipo de casos no es tan grande.
Por estas razones, Ruiz dice que está en desacuerdo con la conclusión a la que arriba el informe de HRW, respecto a que los abogados defensores no están enfrentando sanciones por su mal actuar.
No obstante, en varios casos de alto impacto, como en La Línea, Blanco Lapola y Bufete de la Impunidad, entre otros, los abogados han interpuesto gran cantidad de recursos y, en la práctica, se ha observado que el único fin es entorpecer los procesos.
ES NECESARIO UN CAMBIO DE SANCIÓN
Oswaldo Samayoa, analista del Centro de Estudios de Guatemala, dijo que las multas impuestas por la Corte de Constitucionalidad a los abogados que litigan maliciosamente en muchas ocasiones se recargan a los clientes, por lo que no resultan disuasivas de malas prácticas profesionales.
“Hay abogados que cuando usted acude a la oficina de ellos ya le ofrecen recursos de impugnación con un costo, calculado en que si es rechazado ya incluye la multa que tendrían que pagar”, explicó Samayoa.
Por tal motivo, el analista aseguró, que por parte de la sociedad civil, se propuso una reforma a la Ley de Amparo, mediante la cual se sustituyan las multas por la promoción de cursos a quienes interpongan recursos legales o amparos sin fundamento, con el único fin de retrasar la justicia.
“En la iniciativa de reformas a la ley de amparo que está pendiente de dictamen, estamos promoviendo que, en lugar de multas, se promueva un sistema de formación como sanción. Es decir, cuando se presentan, por ejemplo, amparos en litigio malicioso en lugar de imponer multas, que se suspenda la licencia (del abogado) durante un período de tiempo y en ese período de tiempo que el Colegio de Abogados tenga que facilitarle a este abogado un curso de una duración determinada, el cual tiene que aprobar y una vez aprobado se le habilite nuevamente su licencia”, añadió Samayoa.
Esta reforma también contempla que aquellos abogados que tiendan a presentar amparos frívolos de forma reiterada sean sancionados con la suspensión de su colegiación activa por períodos determinados. Esta iniciativa de reforma se encuentra en el Congreso de la República y aún debe ser avalada por los diputados.
“CARRERA CONTRA EL TIEMPO”
Agilizar la justicia, más que un reto, constituye una “Carrera contra el tiempo”, según HRW, ya que, mientras jueces y abogados defensores provoquen retrasos injustificados en la tramitación de procesos penales, los principales beneficiados son aquellos acusados que esperan ser juzgados hasta que finalice el mandato de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y de la Fiscal General y Jefa del Ministerio Público, Thelma Aldana.
“Actualmente, estos acusados pueden tener también la esperanza de que expire el mandato de la CICIG y de la actual Fiscal General, quien ha impulsado de forma activa las persecuciones penales en los casos investigados por la CICIG. El mandato de la CICIG acabará en septiembre de 2019, y el de la Fiscal General termina en mayo de 2018”, establece HRW.












