POR JOSÉ DEL ÁGUILA
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La exdirectora de la Policía Nacional Civil y exviceministra de Gobernación, Marlene Blanco Lapola, aún permanece en libertad, pese a que desde octubre de 2015 la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó que se reexamine si es válido que la sindicada goce de una medida sustitutiva. Sin embargo, por una serie de incidencias judiciales, los tribunales aún no han acatado la orden de la CSJ, informó el MP.

Blanco Lapola y otros cuatro agentes de la PNC fueron enviados a juicio el pasado 25 de noviembre por presuntamente integrar una estructura que ejecutó extrajudicialmente a supuestos extorsionistas de empresarios del transporte urbano.

No obstante, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) advierte que la libertad de Blanco Lapola representa un riesgo para los peritos y testigos que aún tienen que rendir su declaración ante el tribunal de Sentencia.

Juan Francisco Sandoval, jefe de la FECI, recordó que Blanco Lapola se encuentra acusada por ejecución extrajudicial, un delito de “mayor gravedad”, razón por la cual no debe gozar de una medida sustitutiva.

“Los delitos contra la vida son de gravedad, y más aún cuando son cometidos por funcionarios públicos, es uno de los parámetros que establece la ley como peligro para el proceso; derivado de esa gravedad se corre el riesgo de que se pueda intimidar a testigos y a peritos”, dijo Sandoval.

CAUSAS DE RETRASO
El 3 de octubre de 2014, la jueza Carol Patricia Flores accedió a la petición de la defensa y autorizó a Blanco Lapola salir de prisión.

El Ministerio Público presentó el 23 de octubre de ese mismo año una apelación en la Sala de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal de Procesos de Mayor Riesgo para que se revocara la resolución de la jueza Flores que otorgó la libertad. Sin embargo, los magistrados de la Sala declararon sin lugar el recurso presentado por la Fiscalía.

Inconforme, el MP presentó un amparo en la CSJ, el cual fue declarado con lugar y en la resolución se ordenó a la Sala de Apelaciones que emitiera un nuevo fallo respecto a la libertad de la sindicada.

“La Sala incumplió con su obligación que como tribunal de alzada le corresponde (…). Debió determinar los elementos que desvanecen el peligro de fuga y la obstaculización de la verdad, no únicamente indicando que por el hecho de ser mujer -Blanco Lapola- y por los vínculos familiares se asegura su permanencia en el país”, resolvió la CSJ.

El jefe de la FECI informó que desde que se emitió esa resolución se pudo revocar la medida sustitutiva, sin embargo, la sindicada apeló el fallo de la CSJ ante la Corte de Constitucionalidad. No obstante, en septiembre de este año la CC declaró sin lugar el recurso y le dio la razón al MP.

Ahora, únicamente falta que la CSJ ejecute su resolución y le ordene a la Sala de Apelaciones emitir un nuevo fallo, informó el jefe de la FECI.

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