
Por Redacción La Hora
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La resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) dada a conocer esta tarde señala que el Presidente de Jimmy Morales no puede invocar la Convención de Viena para el personal de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y de esa manera declararlos “non grato” como ocurrió con el comisionado Iván Velásquez.
Tras enumerar las razones por las que consideran que el pronunciamiento del presidente Morales carece de validez, el Tribunal estimó “necesario invocar lo normado en el artículo 12 del Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidad y el gobierno de Guatemala, relativo al establecimiento de una Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, que preceptúa “Toda controversia entre las partes, relacionada con la interpretación o con la aplicación del presente Acuerdo, se resolverá por negociación entre las partes o por otro medio de solución mutuamente convenido”.
Con ello, el presidente Morales no podrá invocar la convención de Viena, como hizo en el pronunciamiento dado a conocer la mañana del pasado domingo, para declarar non grato a Velásquez y ordenar su expulsión del país.
Los magistrados fallaron con tres votos a favor y dos en contra al amparo promovido contra el presidente Morales por el Procurador de Derechos Humanos, que señalaba como acto reclamado la declaratoria de non grato que emitió contra Velásquez, comisionado de la Cicig.