Juan Antonio Fernández
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La crisis de legitimidad de 2015 abre las puertas al debate sobre la necesidad de una refundación o una denominada reforma del Estado. En el caso de la primera, desde la Universidad de San Carlos de Guatemala más de 100 organizaciones aglutinadas en la Plataforma Nacional para la Reforma del Estado hicieron un planteamiento en torno a un aplazamiento de las elecciones en tanto se generaban consensos para un cambio significativo –refundación– a las caducas estructuras del sistema guatemalteco. Desde esta perspectiva el lema “En estas condiciones no queremos elecciones” fue compartido por organizaciones sociales y las decenas de miles de universitarios que en plaza central y cabeceras del país hicieron valer su presencia y voz.
Entretanto, otras fuerzas desde la centro derecha hasta neoliberales, que incluían a actores de la constituyente de 1984, argumentaron sobre la necesidad de hacer una propuesta de reforma sobre los ejes de representación electoral, justicia, servicio civil entre otras. De esta forma en medio de la crisis por la renuncia y procesamiento judicial de las más altas esferas del gobierno, el consenso desde el poder se decantó por la vía de continuación del proceso electoral para después impulsar las denominadas “propuestas de la plaza”.
En suma, se celebraron las elecciones generales y aquello que había sido rechazado por la mayoría de la población persistió, rescatando así a los responsables del sistema moribundo. En el Congreso dos partidos obtuvieron la mayoría, seguidos por una amalgama de bloques políticos que al final se reconfiguraron en dos grupos mayoritarios: el oficial y la oposición, quienes representan a fracciones diversas y en ciertos momentos en pugna, aunque con una claridad en sus intereses en torno al sistema.
En 2016 se presenta desde la CICIG y MP una propuesta de Reforma Constitucional en Materia de Justicia, que incluían los siguientes temas: i. Reconocimiento expreso del sistema jurídico de los pueblos indígenas y su control constitucional. ii. Garantías y principios rectores para el sistema de administración de justicia. iii. Separación de funciones administrativas y jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia iv. Carreras profesionales. v. Fortalecimiento de los mecanismos republicanos de ejercicio del poder: adopción de un sistema de control interorgánico para la selección de las más altas autoridades judiciales y de Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público. (Congreso de la Republica de Guatemala citado por Arriola, 2017)
Para 2017 en un acto político de altura las autoridades ancestrales definen el retiro de moción del derecho indígena con lo cual en apariencia las excusas se terminarían, sin embargo en esencia lo que hacen es demarcar al principal obstáculo, el Congreso, el cual está bajo la mirada sigilosa de la sociedad y la justicia penal nacional e internacional.
¿Y entonces cuales son las alternativas? ¿Réquiem aeternam a las reformas constitucionales? ¿Se espera a que el poder internacional haga valer su hegemonía? O bien ¿Los sujetos de cambio respaldan la reforma y luego propugnan por su ampliación a otros temas? i. e. Una de Refundación del Estado.